Consejo General de Arán
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El Consejo General de Arán (en aranés Conselh Generau d'Aran) es el órgano de gobierno autónomo del Valle de Arán. Se constituyó oficialmente después de las elecciones de 1991 y está formado por 13 miembros. Según la Ley 16/1190 de 13 de julio (DOGC 1326 de 3 de agosto) sobre el régimen especial del Valle de Arán, está integrado por el Síndico de Arán (Sindic), por los Consejeros Generales (Conselhers Generaus) que funcionan en Pleno y por la Comisión de auditores de Cuentas (Comission d'Auditors de Compdes).
Tiene competencia plena en todo aquello que haga referencia al fomento y la enseñanza del aranés y de su cultura, de acuerdo con las normas de carácter general vigentes en toda Cataluña en el campo de la política lingüística y educativa. Además, la Generalidad ha de ceder al Consejo General competencias y servicios al menos sobre las siguientes materias:
- Enseñanza.
- Cultura.
- Sanidad.
- Servicios sociales.
- Ordenación del territorio y urbanismo.
- Turismo.
- Protección, conservación y administración de su patrimonio histórico artístico.
- Protección de la naturaleza, montaña y vías forestales.
- Agricultura, ganadería, pesca, caza y aprovechamiento de los recursos forestales.
- Salvamento y extinción de incendios.
- Juventud.
- Ocio y tiempo libre.
- Deportes.
- Medio ambiente.
- Recogida y tratamiento de residuos sólidos.
- Salubridad pública.
- Carreteras locales.
- Transporte interior de viajeros.
- Artesanía.
Además, le corresponden las facultades que la legislación de la Generalidad reconozca a las comarcas en relación con las actividades y servicios de competencia municipal, la asistencia a los municipios y la cooperación con estos, la planificación territorial y las actuaciones especiales de montaña. El Consejo General ejerce también las competencias que le delega o le asigna la Administración de la Generalidad de acuerdo con lo que establece la legislación del régimen local.
La financiación de las competencias se hará con
- Ingresos de derecho privado.
- Tasas por la prestación de servicios y la realización de actividades de su competencia.
- Contribuciones especiales en impuestos del Estado y de la Generalidad establecidas a favor de las entidades comarcales.
- Subvenciones y otros ingresos de derecho público.
- Ingresos procedentes de operaciones de crédito.
- Ingresos que se deriven de los acuerdos de cooperación establecidos con la Generalidad.
- Multas.
- Otros que se puedan establecer.
También corresponden al Consejo General participaciones en los ingresos provinciales cuando se asuman las competencias de la Diputación de Lérida y las aportaciones de los municipios del Valle de Arán.
En 1993 se le asignó un 1,86% del total de la dotación del FEDER, En 1999 le fueron transferidas competencias en educación (elaboración y producción de libros de texto y material didáctico en aranés, formación permanente del profesorado en lengua y cultura aranesa, auxiliares de conversación en aranés, actividades de implantación de la reforma educativa y desarrollo en lengua aranesa, gestión de los servicios de comedor y transporte escolar y formación ocupacional) y servicios y funciones en materia de transporte interior de viajeros. En 2000 se le transfirieron competencias en sanidad y ganadería y pesca y en 2003 en formación ocupacional en el ámbito de la escuela de hostelería y servicios sociales.