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Presidente de Chile - Wikipedia, la enciclopedia libre

Presidente de Chile

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El Presidente de la República de Chile es el jefe de estado y de gobierno de Chile y su máxima autoridad política. Le corresponde el gobierno y la administración del Estado.

De acuerdo a la Constitución, el Presidente tiene el deber de desempeñar fielmente su cargo, mantener la independencia de la nación y guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes, tal como lo señala el juramento o promesa que presta al asumir sus funciones.

Desde el 11 de marzo de 2006, la actual Presidente de Chile es Michelle Bachelet Jeria.

Tabla de contenidos

[editar] Antecedentes

Durante la época colonial, los gobernadores también fueron denominados Presidentes, debido a la función de presidir la Real Audiencia que tenían asignada, de acuerdo a las Leyes de Indias.

A inicios de la Patria Vieja, el gobierno del país estuvo a cargo de una serie órganos pluripersonales o colegiados llamados Juntas de Gobierno[1].

Sólo el 7 de marzo de 1814 se estableció una autoridad unipersonal como jefe de estado y de gobierno del país, denominada Director Supremo. Este cargo fue ejercido efectivamente por Francisco de la Lastra y José Miguel Carrera en 1814 y, tras la Reconquista, por Bernardo O'Higgins y Ramón Freire. El título de Director Supremo, que además estaba íntimamente ligado a la dirección del Ejército, fue creado legalmente por el Reglamento para el Gobierno Provisorio de 1814 y contemplado, asimismo, por las Constituciones de 1818, 1822 y 1823.

Ramón Freire, que había asumido el mando del país en 1823, en el mensaje de apertura del Congreso Nacional de 1826, dio a conocer sus deseo de renunciar al cargo de Director Supremo, que luego reiteró en un oficio días más tarde. Ante ello, el Congreso suspendió sus labores referentes a la redacción de una constitución, que en ese momento era su principal tarea, para tratar este asunto en las sesiones del 7 al 8 de julio. En ellas, tras un debate, se tomaron los siguientes acuerdos: el jefe supremo del estado se denominaría en adelante "Presidente de la República", debiéndose elegir además un "Vice-presidente" que sustituyese al primero "en los casos de enfermedad, ausencia y otros"[2]; la elección de ambos sería efectuada por el Congreso, por mayoría absoluta de votos; aquellos serían solo provisorios, y durarían en sus funciones hasta que "dada la constitución del estado, se hiciera la elección de propietarios en la forma legal"[2]; y sus atribuciones serías "las que correspondían al poder ejecutivo por las leyes preexistentes, y las que posteriormente acordare la legislatura"[2].

El 8 de julio de 1826, el Congreso Nacional procedió a elegir al sucesor de Freire. En dicha elección resultó ganador Manuel Blanco Encalada, quien asumió el mando al día siguiente, previo juramento ante el Congreso, convirtiéndose así en la primera persona en Chile que ostentaría oficialmente el título de presidente (Presidente Provisional de la República). El 15 de febrero del año siguiente, Ramón Freire fue electo como Presidente de la República[3] y sus potestades estaban fijadas en la Ley de atribuciones del poder ejecutivo que el Congreso acababa de aprobar[4].

La denominación Presidente de la República de Chile fue incluida en la Constitución de 1828 y mantenida por los siguientes textos constitucionales (de 1833, 1925 y 1980).

Salvo los periodos de interrupción institucional[5], históricamente el presidente se ha desempeñado como el jefe de estado y de gobierno de Chile, aunque ello fue modificado en la práctica, aunque no constitucionalmente, durante el periodo 1891-1925 en que existió un régimen pseudoparlamentario, bajo la vigencia de la Constitución de 1833. El sistema presidencial fue restablecido por la Constitución Política de 1925, y reforzado en la Constitución de 1980.

[editar] Requisitos para desempeñar el cargo

Los requisitos para ser presidente de acuerdo a la Constitución de 1828, el primer texto constitucional nacional en incorporar esta figura, eran los siguientes: ser ciudadano chileno de nacimiento y tener más de treinta años de edad.

La Constitución de 1833 estableció que, para desempeñar el cargo de presidente, era necesario: haber nacido en el territorio de Chile; poseer las calidades necesarias para ser miembro de la Cámara de Diputados, es decir, estar en posesión de los derechos de ciudadano elector y una renta equivalente a 500 pesos a lo menos; y tener 30 años de edad a lo menos.

Durante la vigencia de la Constitución de 1925, para ser elegido presidente se requería: haber nacido en el territorio de Chile; tener 30 años de edad, a lo menos, y poseer las calidades necesarias para ser miembro de la Cámara de Diputados, es decir, los requisitos de ciudadano con derecho a sufragio y no haber sido condenado jamás por delito que mereciera pena aflictiva (tres años y un día o más).

De acuerdo al texto original de la Constitución de 1980, para ser elegido presidente era necesario: haber nacido en el territorio de Chile; tener cumplidos 40 años de edad, y poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio.

Sin embargo, tras la reforma constitucional de 2005, los requisitos actuales son los siguientes:

  • Tener la nacionalidad chilena, por nacimiento en el territorio de Chile o por ser hijo de padre o madre chilenos, nacidos en territorio extranjero;
  • Tener cumplidos 35 años de edad, y
  • Poseer las demás calidades necesarias para ser ciudadano con derecho a sufragio.

[editar] Elección presidencial

Michelle Bachelet, actual Presidenta de Chile.
Michelle Bachelet, actual Presidenta de Chile.

Las dos primeras elecciones de Presidente, de 1826 y 1827, fueron efectuadas por los miembros del Congreso Nacional.

Entre 1829 y 1925, las elecciones fueron efectuadas en forma indirecta por medio de un sistema de electores, de acuerdo a lo establecido por las Constituciones de 1828 y 1833. El sistema era de voto censitario masculino, hasta el año 1884 en que se cambió por un sistema de sufragio masculino.

Durante gran parte de este período, los candidatos eran elegidos unánimemente o por una altísima mayoría debido a la ausencia de competidores, ya que normalmente se realizaban acuerdos entre los partidos políticos o un candidato tenía una considerable ventaja, que provocaba el retiro de sus contrincantes. Aníbal Pinto, Domingo Santa María, José Manuel Balmaceda, Jorge Montt y Ramón Barros Luco fueron electos sin opositores. Sin embargo, Federico Errázuriz Echaurren debió ser confirmado por el Congreso Pleno tras la votación de 1896, luego de obtener 4 electores de diferencia frente a Vicente Reyes, y de acusaciones de fraude electoral. Arturo Alessandri Palma en la elección de 1920 obtuvo 4 electores más que Luis Barros Borgoño, y tras la decisión de un Tribunal de Honor ad-hoc que calificó la elección[6], fue proclamado presidente por el Congreso Pleno.

En la Constitución de 1925 se consagró un sistema de sufragio masculino de voto directo, siendo electo el candidato con la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos. Tras una reforma constitucional, se permitió el sufragio femenino en votaciones para Presidente de la República, a partir de la elección de 1952. Desde ese momento el sistema de elección presidencial fue de sufragio universal directo.

En caso que ningún candidato obtuviera la mayoría absoluta, de entre las dos primeras mayoría relativa, el Congreso Pleno debía elegir al Presidente. En las cuatro oportunidades que el Congreso debió decidir, en las elecciones de 1946, 1952, 1958 y 1970, escogió al candidato que obtuvo la mayoría relativa. Así fueron electos Gabriel González Videla, Carlos Ibáñez del Campo, Jorge Alessandri y Salvador Allende, respectivamente.

La Constitución de 1980 mantuvo el sistema de elección popular directa, incorporando el mecanismo de la segunda vuelta o balotaje. En caso que ningún candidato obtenga la mayoría absoluta de los votos válidamente emitidos, se procede a una segunda vuelta 30 días después de la primera, entre los candidatos con las dos primeras mayorías. De ese modo fueron electos Ricardo Lagos, que se enfrentó con Joaquín Lavín en la segunda ronda del 2000, y Michelle Bachelet, frente a Sebastián Piñera en la segunda ronda del 2006.

Categoría principal: Elecciones presidenciales de Chile

[editar] Mandato presidencial

[editar] Duración

El mandato del presidente de Chile, de acuerdo a la Constitución de 1833, era por un periodo de 5 años con la posibilidad de ser reelecto para el periodo inmediatamente siguiente. Ello fue prohibido por una reforma constitucional de 1871.

En el período de vigencia de la Constitución de 1925 el mandato fue de seis años sin posibilidad de reelección inmediata.

La Constitución de 1980, en su texto original, establecía un periodo de ocho años sin reelección inmediata, pero las reformas constitucionales de 1989 (Ley Nº 18.825) establecieron un primer periodo presidencial transicional de cuatro años (1990-1994) y una vuelta al período de ocho años sin reelección inmediata. Sin embargo, la Ley Nº 19.295 (de 4 de marzo de 1994) redujo el mandato presidencial de ocho a seis años, sin posibilidad de reelección para el período siguiente. Posteriormente, con las reformas de la Ley Nº 20.050 (de 26 de agosto de 2005) el mandato quedó con una duración de 4 años sin reelección inmediata.

[editar] Ceremonia de cambio de mando

Germán Riesco (izquierda) abandona el Congreso luego del traspaso de mando a Pedro Montt, en 1906
Germán Riesco (izquierda) abandona el Congreso luego del traspaso de mando a Pedro Montt, en 1906

La ceremonia de cambio de mando se realiza en el Salón de Honor del Congreso. El presidente saliente ingresa con los honores correspondientes al salón donde se encuentra reunido el Congreso Pleno, mientras que el presidente electo espera en un salón anexo. Previamente, el presidente saliente es ingresado a una Sala Anexa y luego sale acompañado de su conyugue, hasta el Salón de Honor del Congreso Nacional.

En la época que el Congreso Nacional se encontraba en la ciudad de Santiago, tanto el presidente saliente, como el electo, se dirigían directamente desde el Palacio de la Moneda al Congreso, siendo el saliente el que recibía los honores de rigor.

Una vez iniciada la sesión, el secretario general del Senado comunica al Congreso Pleno el resultado de la elección presidencial y luego invita al presidente electo a ingresar al salón. Una vez allí, el Presidente del Senado le toma juramento o promesa "de desempeñar fielmente el cargo de Presidente de la República, conservar la independencia de la Nación, guardar y hacer guardar la Constitución y las leyes" al presidente electo.

Una vez realizo esto, el presidente saliente se quita la banda presidencial y se la entrega al presidente del Senado, al mismo tiempo que se quita la piocha de O'Higgins. Entonces el presidente del Senado coloca la banda presidencial al Presidente electo, y el saliente le coloca la piocha de O'Higgins, luego se entona el Himno Nacional y el presidente saliente (ya en ese momento ex-presidente) se retira acompañado de sus Ministros de Estado.

A continuación, el presidente recién asumido presta juramento o promesa a sus ministros y, luego de eso, se da por concluida la ceremonia y se levanta la sesión del Congreso Pleno.

[editar] Emblemas, insignias y prerrogativas presidenciales

[editar] Banda presidencial y piocha de O'Higgins

González Videla con la Banda Presidencial y la Piocha de O'Higgins
González Videla con la Banda Presidencial y la Piocha de O'Higgins

La Banda Presidencial, usada inicialmente por Bernardo O'Higgins, se convertió en símbolo de la autoridad del primer mandatario con la asunción del presidente José Joaquín Prieto en 1831. Está compuesta por tres franjas con los colores de la bandera de Chile, es cosida a mano y mide, aproximadamente, 75 cm de largo y 13 cm de ancho. Desde el siglo XIX se mantuvo una única banda que era traspasada de presidente en presidente hasta que en 1915, a consecuencia de las diferencias de altura entre el saliente Ramón Barros Luco y el electo Juan Luis Sanfuentes, se debió diseñar una nueva banda. Desde esa fecha, cada Presidente ha tenido su propia banda presidencial. Se utiliza sólo en ceremonias oficiales.

La Piocha de O'Higgins, que es considerada el verdadero símbolo del poder presidencial y que se coloca en el extremo inferior de la banda presidencial, es una estrella de cinco puntas de, aproximadamente, 7 cm de diámetro, esmaltada en color rojo. Ella se remonta a las medallas de la Legión al Mérito y se mantuvo intacta hasta el golpe de estado de 1973, en que desapareció durante el bombardeo al Palacio de La Moneda. Durante el Régimen Militar fue confeccionada una nueva, en bases a fotografías de la original. Únicamente se utiliza junto a la banda presidencial.

[editar] Bandera presidencial

El Estandarte Presidencial o Bandera Nacional Presidencial es de uso exclusivo y sólo se enarbola en el lugar en que se encuentra el Presidente de la República.

De acuerdo al Decreto Supremo Nº 1.534 de 1967 del Ministerio del Interior, que determina los emblemas nacionales y reglamenta su uso, se forma con la Bandera Nacional y el Escudo de Armas de la República bordado sobre sus colores en el centro del paño.

[editar] Edecanes presidenciales

Los Edecanes presidenciales son cuatro ayudantes militares, uno por cada rama de las Fuerzas Armadas (Ejército, Armada, Fuerza Aérea) y uno de Carabineros, que se distinguen por el cordón dorado que usan encima del uniforme, cuya principal misión es acompañar, proteger y asistir al Presidente en todas sus actividades oficiales y representarlo en los eventos protocolares que específicamente les encomiende[7]. Poseen una oficina especial en el Palacio de La Moneda (la sala de Edecanes, contigua a la oficina de la secretaria privada del presidente).

Son designados por el propio Presidente, de una lista de candidatos presentada por el Ministerio de Defensa y elaborada por las propias Fuerzas Armadas y de Orden[8]. En el cumplimiento de sus labores, que prestan las 24 horas del día, coordinan la agenda protocolar del Presidente (que deciden su asesores políticos), preparan la escolta, y reciben y tramitan las instrucciones que les entrega el mandatario en terreno. Sin embargo, no asisten a reuniones privadas y no tienen injerencia política alguna. Los cuatro edecanes se dividen el trabajo por semanas, quedando uno de turno cada semana. En caso, que el Presidente asista a una actividad en un recinto militar, lo acompaña el edecán respectivo, y para las ceremonias de Estado concurren los cuatro[9].

El origen de los edecanes se remonta a Napoleón, tradición imitada en Chile durante la época de la Independencia, y se le considera un símbolo de la prerrogativa que tienen los Presidentes de asumir la Jefatura Suprema de las Fuerzas Armadas[10].

[editar] Guardia de Palacio y Escolta Presidencial

Carabinero de la Guardia de Palacio
Carabinero de la Guardia de Palacio

La Guardia de Palacio es una unidad de Carabineros, que depende del Departamento de Seguridad Presidencial, que tiene por función resguardar el Palacio de La Moneda y el Palacio presidencial de Cerro Castillo (sólo cuando el Presidente se traslada a este último), y velar por la seguridad del Presidente de la República y otras autoridades y dignidades oficiales.

El origen de esta unidad se remonta a principios del siglo XX, cuando se crea la Escuela de Carabineros en 1908, a la cual se le asigna como una de sus primeras misiones cubrir la "Guardia de Palacio de Gobierno", labor que hasta entonces desempeñaba el Ejército. Hasta los años 1930, ambas instituciones realizarían alternadamente dicha tarea[11].

En 1932, el presidente Arturo Alessandri Palma estableció que la función de resguardar el Palacio Presidencial era netamente materia policial, por lo cual entregó exclusivamente esta misión al recientemente formado Cuerpo de Carabineros.

Desde aquél año, aquella responsabilidad ha sido desarrollada de manera ininterrumpida por la policía uniformada de Chile, siendo el Escuadrón Escolta Presidencial la única unidad del Ejército que aún acompaña al Presidente en determinadas ceremonias.

[editar] Escolta montada presidencial

El Escuadrón Escolta Presidencial del Regimiento de Caballería Blindada Nº 1 "Granaderos" constituye la unidad de presentación del Ejército y tiene la misión de escoltar al Presidente de la República en las ceremonias públicas más importantes, tales como el Mensaje a la Nación (Discuso del 21 de mayo) y la Parada Militar.

El regimiento del cual depende este escuadrón fue creado en 1827 y en 1840, tras la Guerra contra la Confederación Perú-Boliviana (1836-1839), recibió como premio a su actuación en dicho conflicto bélico el honor de cubrir la guardia presidencial, labor que desempeñó hasta 1862. En dicha fecha el "Granaderos" fue enviado a la zona de Angol para participar en la llamada "Pacificación de la Araucanía", permaneciendo allí hasta 1879[12]. Luego de la Guerra del Pacífico (1879-1883), vuelve a Santiago y ocupa su cuartel frente al Palacio de La Moneda y se le destina al servicio de guardia de palacio. En 1982, el regimiento fue enviado a prestar sus servicios en la localidad de Putre. Finalmente en 1999 se ordena su traslado a la Guarnición Militar de San Bernardo, recibiendo por tercera vez en su historia, la misión de escoltar al Presidente de la República y constituir la unidad de presentación del Ejército[13].

[editar] Transporte presidencial

Gabriel González Videla llegando al Palacio de La Moneda en el carruaje presidencial, en 1951
Gabriel González Videla llegando al Palacio de La Moneda en el carruaje presidencial, en 1951

Los presidentes, hasta la segunda mitad del siglo XIX, no tenían vehículos especiales que los transportaran en el ejercicio regular de su cargo o en ceremonias oficiales, y habitualmente se desplazaban montados a caballo. José Joaquín Pérez introdujo el uso de coches de caballo, y José Manuel Balmaceda hizo importar, desde Francia, lujosos carruajes para destinarlos al transporte presidencial, particularmente durante las ceremonias públicas.

Augusto Pinochet a bordo del Ford Galaxie en una ceremonia, en 1982
Augusto Pinochet a bordo del Ford Galaxie en una ceremonia, en 1982

La tradición del carruaje presidencial, para ceremonias oficiales, se mantuvo hasta 1970, cuando Salvador Allende decidió ocupar en su reemplazo un automóvil Ford Galaxie 500 XL de 1966, negro y descapotable, que fue obsequiado por la reina Isabel II durante su visita a Chile. Desde aquella fecha, éste ha sido utilizado para estos efectos, salvo en el gobierno de Patricio Aylwin y Eduardo Frei Ruiz-Tagle, en que se retomó el uso del carruaje para la Parada Militar.

Durante el siglo XX, para los viajes al exterior, los presidentes hicieron uso de vuelos comerciales hasta que, durante el Régimen Militar, un Boeing 707 de la FACH comenzó a ser utilizado como transporte aéreo habitual de Augusto Pinochet. Posteriormente, también fue usado por Patricio Aylwin. Eduardo Frei Ruiz-Tagle, al inicio de su mandato, hizo en uso de algunos vuelos comerciales para sus visitas al extranjero.

En 1997 la FACH adquirió un Boeing 737-500, para ser utilizado en sus propias operaciones y como avión presidencial. Ha sido usado con esos fines hasta la fecha, incluso transportando al presidente junto a otros jefes de Estado de Latinoamérica, a diversas cumbres y reuniones multilaterales o cambios de mando realizados en la región. En enero de 2007 se anunció que se adquirirá una nueva aeronave, de segunda mano, para reemplazar la actual, debido a su baja autonomía de vuelo[14][15].

[editar] Palacio presidencial

Artículo principal: Palacio de La Moneda
El ex Palacio de la Independencia (edificio del centro), actual Museo Histórico Nacional
El ex Palacio de la Independencia (edificio del centro), actual Museo Histórico Nacional

Al inicio de la Independencia, el edificio que ocupaba la Real Audiencia en el centro norte de la Plaza de Armas de Santiago de Chile, construido por Juan José de Goycolea y Zañartu e inaugurado en 1808[16], se convirtió en el epicentro de los sucesos políticos de aquella época: fue la sede del Primer Congreso Nacional en 1811, y la casa de gobierno durante la Patria Vieja, entre 1812 a 1814. En el periodo de la Reconquista Española fue nuevamente sede de la Real Audiencia[17][18].

En 1818, el Palacio de la Real Audiencia (conocido también como Palacio de las Cajas Reales o de las Cajas) fue designado oficialmente como casa de gobierno por Bernardo O'Higgins, denominándolo "Palacio de la Independencia". Este edificio fue utilizado como la casa del presidente y sede de los ministerios de Estado y otras oficinas públicas hasta fines del primer gobierno de Manuel Bulnes[18].

El 17 de abril de 1845, el presidente Bulnes emitió un decreto que ordenaba que la Casa de Moneda de Santiago, diseñado por Joaquín Toesca a fines del siglo XVIII, sirviera de casa de gobierno y como sede los ministerios y de las oficinas que existían en el antiguo palacio presidencial, realizándose las adpataciones y reparaciones que fueren necesarias, debido al mal estado e incomodidades que se experimentaban en el Palacio de la Independencia. El traslado, por parcialidades, se hizo efectivo en 1846[19].

Desde esa fecha, el ahora denominado "Palacio de La Moneda", más conocido simplemente como La Moneda se transformó en la sede del presidente de Chile. Durante la reconstrucción del Palacio, a consecuencia del bombardeo que experimentó en el golpe de Estado de 1973, las oficinas presidenciales se establecieron temporalmente en el Edificio Diego Portales, hasta 1981. Hoy en día, La Moneda es la sede oficial del gobierno de Chile y alberga a los ministerios del Interior, Secretaría General de la Presidencia y Secretaría General de Gobierno.

En Chile, actualmente, no existe una residencia oficial para los presidentes, por lo que cada Presidente de la República ha tenido su residencia particular, propia o arrendada para tales efectos. La única excepción la constituyó el Palacio de la Independencia y, posteriormente, La Moneda que fue utilizada como residencia presidencial: de 1845 a 1861, 1876 a 1881, y de 1886 a 1891.

Desde 1930, existe como una sede alternativa el Palacio de Cerro Castillo, ubicado en Viña del Mar. Este es considerado el palacio de descanso (o de verano) de los presidentes.

Véase también: Palacio de Cerro Castillo

[editar] Tratamiento protocolar

De acuerdo al protocolo, el Presidente recibe el tratamiento de Su Excelencia el Presidente de la República (abreviado S.E. el Presidente de la República). Asimismo, en ocasiones también recibe el trato protocolar de Excelentísimo señor Presidente de la República.

La cónyuge del presidente es conocida como Primera Dama. En caso que el mandatario sea mujer, su cónyuge no tiene asignado una denominación particular (aunque se ha señalado que podría ser Primer Caballero).

[editar] Subrogación y sucesión presidencial

[editar] Presidente electo

De acuerdo a la Constitución Política de la República de Chile, en caso que el Presidente electo se encuentre impedido para tomar posesión del cargo, asume mientras tanto, con el título de Vicepresidente de la República, el Presidente del Senado; a falta de éste, el Presidente de la Cámara de Diputados, y a falta de éste, el Presidente de la Corte Suprema, hasta que el Presidente electo esté en condición de asumir el cargo.

Sin embargo, si dicho impedimento es absoluto o durará de modo indefinido, el Vicepresidente, en los diez días siguientes al acuerdo del Senado que declara la inhabilidad del Presidente electo para el ejercicio de sus funciones, debe expedir las órdenes para que se proceda, dentro del plazo de sesenta días, a una nueva elección presidencial.

El Presidente así elegido ejerce el cargo hasta el día en que le habría correspondido cesar al electo que no pudo asumir.

[editar] Presidente en ejercicio

En caso de impedimento temporal, por enfermedad, ausencia del territorio u otro grave motivo, el Presidente de la República es subrogado, con el título de Vicepresidente de la República, por el Ministro de Estado titular a quien corresponda de acuerdo con el orden de precedencia legal.

Dicho orden de precedencia actualmente es el siguiente: Ministro del Interior; de Relaciones Exteriores; de Defensa Nacional; de Hacienda; Secretario General de la Presidencia; Secretario General de Gobierno; de Economía, Fomento y Reconstrucción; de Planificación y Cooperación; de Educación; de Justicia; Trabajo y Previsión Social; de Obras Públicas; de Transporte y Telecomunicaciones; de Salud Pública; de Vivienda y Urbanismo; de Bienes Nacionales; de Agricultura; de Minería; de Energía; de la Mujer; de Cultura; y de Medio Ambiente.

A falta de todos ellos, es subrogado por el Presidente del Senado; a falta de éste, por el Presidente de la Cámara de Diputados, y a falta de éste, por el Presidente de la Corte Suprema.

En caso de vacancia del cargo, se produce la subrogación conforme al orden antes mencionado, y se procede a elegir al sucesor, de acuerdo a las siguientes reglas:

  • Si la vacancia se produce faltando menos de dos años para la próxima elección presidencial, el Presidente es elegido por el Congreso Pleno por la mayoría absoluta de los senadores y diputados en ejercicio.
  • Si la vacancia se produce faltando dos años o más para la próxima elección presidencial, el Vicepresidente, dentro de los diez primeros días de su mandato, debe convocar a elección presidencial para el sexagésimo día después de la convocatoria.

El Presidente así elegido dura en el cargo hasta completar el período que restaba a quien se reemplaza y no puede postular como candidato a la elección presidencial siguiente.

[editar] Destitución del presidente

El Presidente de la República puede ser destituido en virtud de un juicio político seguido en su contra. Para ello debe ser acusado por actos de su administración que hayan comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, o infringido abiertamente la Constitución o las leyes.

Dicha acusación, que debe presentarse por no menos de diez ni más de veinte diputados, puede interponerse mientras el Presidente esté en funciones y en los seis meses siguientes a su expiración en el cargo.

La Cámara de Diputados, como atribución exclusiva, debe declarar si ha o no lugar la acusación en contra del Presidente de la República. Se requiere del voto de la mayoría de los diputados en ejercicio para declarar que ha lugar la acusación formulada.

Posteriormente, corresponde al Senado resolver la acusación, como jurado, limitándose a declarar si es o no culpable del delito, infracción o abuso de poder que se le imputa. Esta declaración de culpabilidad debe ser pronunciada por los dos tercios de los senadores en ejercicio.

Por la declaración de culpabilidad, el Presidente en ejercicio queda destituido de su cargo y no puede desempeñar ninguna función pública, sea o no de elección popular, por el término de cinco años. Además, puede ser juzgado de acuerdo a las leyes por el tribunal competente, tanto para la aplicación de la pena señalada al delito, si lo hubiere, cuanto para hacer efectiva la responsabilidad civil por los daños y perjuicios causados al Estado o a particulares.

[editar] Vicepresidente

En 1826, en forma conjunta con el establecimiento del título de presidente, se creó el cargo de Vicepresidente, cuya función sería el de reemplazar al primero, en caso de impedimento temporal o vacancia. En la elección de 1826 fue electo, como el primer vicepresidente de la historia chilena, Agustín Eyzaguirre. En la elección de año siguiente fue designado en el puesto Francisco Antonio Pinto.

La Constitución de 1828 estableció formalmente que existiría un Vicepresidente que, en casos de muerte o imposibilidad física o moral del Presidente, desempeñaría su cargo. Sus calidades eran las mismas que se requerían para ser Presidente. La designación de Joaquín Vicuña como vicepresidente, tras la elección de 1829, la primera bajo el imperio de la Carta de 1828, fue objeto de una gran polémica y se considera detonante de la Revolución de 1829.

El cargo permanente de vicepresidente fue abolido con la Constitución de 1833, siendo Diego Portales el último en desempeñarlo (había sido elegido en 1831). A partir de ese momento y hasta la fecha, Vicepresidente de la República es sólo el título de quien ex officio subroga o reemplaza al Presidente en ejercicio, en caso de impedimento temporal o vacancia. El Vicepresidente, en el desempeño de sus funciones, tiene todas las atribuciones que la Constitución confiere al Presidente de la República.

[editar] Estatuto de Ex Presidente

La persona que ha desempeñado el cargo de Presidente por el período completo, asume, inmediatamente tras haber cesado en sus funciones, y de pleno derecho, la dignidad oficial de Ex Presidente de la República, creada por una reforma constitucional efectuada en el 2000.

En virtud de dicha calidad, le son aplicables las disposiciones sobre el fuero parlamentario y percibe la renta correspondiente a un miembro del Congreso Nacional, esto es, una dieta equivalente a la remuneración de un Ministro de Estado incluidas todas las asignaciones que a éstos correspondan. Sin embargo, no alcanza esta dignidad el ciudadano que llega a ocupar el cargo de Presidente de la República por vacancia del mismo, ni quien ha sido declarado culpable en juicio político seguido en su contra.

El Ex Presidente de la República que asume alguna función remunerada con fondos públicos deja, en tanto la desempeñe, de percibir la dieta parlamentaria, manteniendo el fuero. Se exceptúan los empleos docentes y las funciones o comisiones de igual carácter de la enseñanza superior, media y especial.

Poseen actualmente esta calidad: Patricio Aylwin[20], Eduardo Frei[21] y Ricardo Lagos. Además, Augusto Pinochet tuvo esta calidad desde el 2000 hasta su fallecimiento[22].

[editar] El Presidente en la Constitución

[editar] Constitución de 1828

De acuerdo a la Constitución de 1828, el Presidente de la República de Chile ejerce el Supremo Poder Ejecutivo.

Sólo podía ser acusado durante el tiempo de su gobierno o hasta un año después de su término, ante la Cámara de Diputados, por los delitos de traición, malversación de fondos públicos, infracción de la Constitución, y violación de los derechos individuales. Vencido el plazo señalado, no podía ser acusado por delito alguno cometido durante el período de su gobierno.

[editar] Constitución de 1833

De acuerdo a la Constitución de 1828, el Presidente de la República de Chile administra el Estado, y era el jefe Supremo de la Nación.

Al Presidente está confiada la administración y gobierno del Estado; y su autoridad se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público en el interior, y la seguridad exterior de la República, guardando y haciendo guardar la Constitución y las leyes.

Sólo podía ser acusado en el año posterior al término de su presidencia, por todos los actos de su administración, en que haya comprometido gravemente el honor o la seguridad del Estado, o infringido abiertamente la Constitución.

[editar] Constitución de 1925

De acuerdo a la Constitución de 1925, el Presidente de la República de Chile administra el Estado, y es el Jefe Supremo de la Nación.

Al Presidente está confiada la administración y gobierno del Estado; y su autoridad se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público en el interior, y la seguridad exterior de la República, de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Podía ser acusado por la Cámara de Diputados, por actos de su administración en que haya comprometido gravemente el honor o la seguridad del Estado, o infringido abiertamente la Constitución o las leyes. Esta acusación podía interponerse mientras el Presidente estuviere en funciones y en los seis meses siguientes a la expiración de su cargo.

[editar] Constitución de 1980

Según la Constitución de 1980, el gobierno y la administración del Estado corresponden al Presidente de la República, quien es el Jefe del Estado. Su autoridad se extiende a todo cuanto tiene por objeto la conservación del orden público en el interior y la seguridad externa de la República, de acuerdo con la Constitución y las leyes.

Puede ser acusado por la Cámara de Diputados, por actos de su administración que hayan comprometido gravemente el honor o la seguridad de la Nación, o infringido abiertamente la Constitución o las leyes. Esta acusación podrá interponerse mientras el Presidente esté en funciones y en los seis meses siguientes a su expiración en el cargo.

[editar] Atribuciones especiales

Son atribuciones especiales del Presidente de la República, tras la reforma constitucional de 2005, las siguientes:

  • Concurrir a la formación de las leyes con arreglo a la Constitución, sancionarlas y promulgarlas;
  • Pedir, indicando los motivos, que se cite a sesión a cualquiera de las ramas del Congreso Nacional. En tal caso, la sesión debe celebrarse a la brevedad posible;
  • Dictar, previa delegación de facultades del Congreso, decretos con fuerza de ley sobre las materias que señala la Constitución;
  • Convocar a plebiscito en los casos del artículo 128 de la Constitución (reforma constitucional);
  • Declarar los estados de excepción constitucional en los casos y formas que se señalan en esta Constitución;
  • Ejercer la potestad reglamentaria en todas aquellas materias que no sean propias del dominio legal (postestad reglamentaria autónoma), sin perjuicio de la facultad de dictar los demás reglamentos, decretos e instrucciones que crea convenientes para la ejecución de las leyes (potestad reglamentaria de ejecución);
  • Nombrar y remover a su voluntad a los los ministros y subsecretarios, los intendentes y gobernadores;
  • Designar a los embajadores y ministros diplomáticos, y a los representantes ante organismos internacionales.
  • Nombrar al Contralor General de la República de Chile con acuerdo del Senado;
  • Nombrar y remover a los funcionarios que la ley denomina como de su exclusiva confianza y proveer los demás empleos civiles en conformidad a la ley. La remoción de los demás funcionarios se hace de acuerdo a las disposiciones que ésta determine;
  • Conceder jubilaciones, retiros, montepíos y pensiones de gracia, con arreglo a las leyes;
  • Nombrar a los magistrados y fiscales judiciales de las Cortes de Apelaciones y a los jueces letrados, a proposición de la Corte Suprema y de las Cortes de Apelaciones, respectivamente; a los miembros del Tribunal Constitucional que le corresponde designar; y a los magistrados y fiscales judiciales de la Corte Suprema y al Fiscal Nacional, a proposición de dicha Corte y con acuerdo del Senado, todo ello conforme a lo prescrito en esta Constitución;
  • Velar por la conducta ministerial de los jueces y demás empleados del Poder Judicial y requerir, con tal objeto, a la Corte Suprema para que, si procede, declare su mal comportamiento, o al ministerio público, para que reclame medidas disciplinarias del tribunal competente, o para que, si hubiere mérito bastante, entable la correspondiente acusación;
  • Otorgar indultos particulares en los casos y formas que determine la ley;
La Presidenta Bachelet junto al Presidente de Brasil, Lula da Silva. El Presidente de Chile es el conductor de las relaciones diplomáticas internacionales
La Presidenta Bachelet junto al Presidente de Brasil, Lula da Silva. El Presidente de Chile es el conductor de las relaciones diplomáticas internacionales
  • Conducir las relaciones políticas con las potencias extranjeras y organismos internacionales, y llevar a cabo las negociaciones; concluir, firmar y ratificar los tratados que estime convenientes para los intereses del país, los que deberán ser sometidos a la aprobación del Congreso;
  • Designar y remover a los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada, de la Fuerza Aérea y al General Director de Carabineros, y disponer los nombramientos, ascensos y retiros de los Oficiales de las Fuerzas Armadas y de Carabineros en la forma que señala la Constitución;
  • Disponer de las fuerzas de aire, mar y tierra, organizarlas y distribuirlas de acuerdo con las necesidades de la seguridad nacional;
  • Asumir, en caso de guerra, la jefatura suprema de las Fuerzas Armadas;
  • Declarar la guerra, previa autorización por ley, debiendo dejar constancia de haber oído al Consejo de Seguridad Nacional, y
  • Cuidar de la recaudación de las rentas públicas y decretar su inversión con arreglo a la ley.

Hasta el 2005, el presidente intervenía en el nombramiento de los senadores designados (figura actualmente derogada). En particular, nombraba a un ex-ministro de estado, un ex-rector de universidad estatal o reconocida por el estado, y, como miembro del Consejo de Seguridad Nacional, participaba en el nombramiento de un ex-Comandante en Jefe del Ejército, un ex-Comandante en Jefe de la Armada, un ex-Comandante en Jefe de la Fuerza Aérea y un ex-General Director de Carabineros.

También funciones co-legislativas: existe una serie de materias enumeradas en la Constitución de iniciativa exclusiva del presidente. En general estos proyectos de ley son aquellos que requieren de financiamiento; el Congreso Nacional no puede "crear gastos" por sí solo. Además posee la facultad de intervenir en el trabajo legislativo mediante el sistema de "urgencias" (proyectos de urgencia simple y suma urgencia) y de vetar proyectos de ley aprobados por el Congreso (veto suspensivo o sustitutivo).

[editar] Materias de iniciativa legislativa exclusiva

Corresponde al Presidente de la República la iniciativa legislativa exclusiva para:

  • Imponer, suprimir, reducir o condonar tributos de cualquier clase o naturaleza, establecer exenciones o modificar las existentes, y determinar su forma, proporcionalidad o progresión;
  • Crear nuevos servicios públicos o empleos rentados, sean fiscales, semifiscales, autónomos o de las empresas del Estado; suprimirlos y determinar sus funciones o atribuciones;
  • Contratar empréstitos o celebrar cualquiera otra clase de operaciones que puedan comprometer el crédito o la responsabilidad financiera del Estado, de las entidades semifiscales, autónomas, de los gobiernos regionales o de las municipalidades, y condonar, reducir o modificar obligaciones, intereses u otras cargas financieras de cualquier naturaleza establecidas en favor del Fisco o de los organismos o entidades referidos;
  • Fijar, modificar, conceder o aumentar remuneraciones, jubilaciones, pensiones, montepíos, rentas y cualquiera otra clase de emolumentos, préstamos o beneficios al personal en servicio o en retiro y a los beneficiarios de montepío, en su caso, de la Administración Pública y demás organismos y entidades anteriormente señalados, como asimismo fijar las remuneraciones mínimas de los trabajadores del sector privado, aumentar obligatoriamente sus remuneraciones y demás beneficios económicos o alterar las bases que sirvan para determinarlos;
  • Establecer las modalidades y procedimientos de la negociación colectiva y determinar los casos en que no se podrá negociar, y
  • Establecer o modificar las normas sobre seguridad social o que incidan en ella, tanto del sector público como del sector privado.

El Congreso Nacional sólo puede aceptar, disminuir o rechazar los servicios, empleos, emolumentos, préstamos, beneficios, gastos y demás iniciativas sobre la materia que proponga el Presidente de la República.

[editar] Facultades de legislación delegada

El Presidente de la República puede solicitar autorización al Congreso Nacional para dictar disposiciones con fuerza de ley (decretos con fuerza de ley) durante un plazo no superior a un año sobre materias que correspondan al dominio de la ley. Estas normas están sometidos en cuanto a su publicación, vigencia y efectos, a las mismas normas que rigen para la ley.

La autorización referida no puede extenderse a la nacionalidad, la ciudadanía, las elecciones ni al plebiscito, como tampoco a materias comprendidas en las derechos constitucionales o que deban ser objeto de leyes orgánicas constitucionales o de quórum calificado. Tampoco puede comprender facultades que afecten a la organización, atribuciones y régimen de los funcionarios del Poder Judicial, del Congreso Nacional, del Tribunal Constitucional ni de la Contraloría General de la República.

La ley que otorga la autorización debe señalar las materias precisas sobre las que recaerá la delegación y puede establecer o determinar las limitaciones, restricciones y formalidades que se estimen convenientes. Sin perjuicio de ello, el Presidente de la República está autorizado para fijar el texto refundido, coordinado y sistematizado de las leyes cuando sea conveniente para su mejor ejecución. En ejercicio de esta facultad, podrá introducirle los cambios de forma que sean indispensables, sin alterar, en caso alguno, su verdadero sentido y alcance.

A la Contraloría General de la República le corresponde tomar razón de estos decretos con fuerza de ley, debiendo rechazarlos cuando ellos excedan o contravengan la autorización del Congreso.

[editar] Los presidentes

[editar] Presidentes de las Juntas de Gobierno durante la Patria Vieja

Nombre Inicio Término Cargo
Mateo de Toro y Zambrano 18 de septiembre de 1810 26 de febrero de 1811 Presidente de la Junta Gubernativa del Reino
Juan Martínez de Rozas 27 de febrero de 1811 2 de abril de 1811 Presidente interino de la Junta Gubernativa del Reino
Fernando Márquez de la Plata 2 de abril de 1811 17 de marzo de 1811 Presidente de la Junta Gubernativa del Reino
Juan Martínez de Rozas 17 de marzo de 1811 4 de julio de 1811 Presidente de la Junta Superior de Gobierno
Juan Antonio Ovalle 4 de julio de 1811 20 de julio de 1811 Presidente del Primer Congreso Nacional
Martín Calvo Encalada 20 de julio de 1811 11 de agosto de 1811 Presidente del Primer Congreso Nacional
Martín Calvo Encalada 11 de agosto de 1811 4 de septiembre de 1811 Presidente de la Autoridad Ejecutiva Provisoria
Juan Martínez de Rozas 4 de septiembre de 1811 15 de noviembre de 1811 Presidente de la Junta Superior de Gobierno
José Miguel Carrera 15 de noviembre de 1811 13 de diciembre de 1811 Presidente de la Junta Provisional de Gobierno
José Santiago Portales 13 de diciembre de 1811 8 de enero de 1812 Presidente de la Junta Provisional de Gobierno
José Miguel Carrera 8 de enero de 1812 3 de noviembre de 1812 Presidente de la Junta Provisional de Gobierno
Pedro José Prado Jaraquemada 3 de noviembre de 1812 6 de diciembre de 1812 Presidente de la Junta Superior Gubernativa
José Miguel Carrera 6 de diciembre de 1812 13 de abril de 1813 Presidente de la Junta Superior Gubernativa
Francisco Antonio Pérez 13 de abril de 1813 23 de agosto de 1813 Presidente de la Junta Superior Gubernativa
José Miguel Infante 23 de agosto de 1813 11 de enero de 1814 Presidente de la Junta Superior Gubernativa
Agustín Eyzaguirre 11 de enero de 1814 7 de marzo de 1814 Presidente de la Junta Superior Gubernativa

[editar] Directores Supremos

Nombre Inicio Término Cargo
Antonio José de Irisarri 7 de marzo de 1814 14 de marzo de 1814 Director Supremo Interino
Francisco de la Lastra 14 de marzo de 1814 23 de julio de 1814 Director Supremo
José Miguel Carrera 23 de julio de 1814 2 de octubre de 1814 Director Supremo
Entre 1814 y 1817, el país estuvo bajo dominio español (Reconquista)
Bernardo O'Higgins 16 de febrero de 1817 28 de enero de 1823 Director Supremo
Agustín Eyzaguirre 28 de enero de 1823 29 de marzo de 1823 Presidente de Junta Gubernativa
Congreso de Plenipotenciarios 29 de marzo de 1823 4 de abril de 1823 Triunvirato provisional de las tres provincias
Ramón Freire 4 de abril de 1823 13 de agosto de 1823 Director Supremo Interino
Diego José Benavente 13 de agosto de 1823 1 de septiembre de 1823 Director Supremo Suplente
Ramón Freire 1 de septiembre de 1823 9 de julio de 1826 Director Supremo

[editar] Presidentes de la República

Nombre Inicio Término Cargo
Manuel Blanco Encalada 9 de julio de 1826 9 de septiembre de 1826 Presidente Provisional de la República Electo
Agustín Eyzaguirre 9 de septiembre de 1826 25 de enero de 1827 Vicepresidente (Presidente Interino)
Ramón Freire 25 de enero de 1827 15 de febrero de 1827 Presidente Provisional
Ramón Freire 15 de febrero de 1827 8 de mayo de 1827 Presidente de la República Electo
Francisco Antonio Pinto 8 de mayo de 1827 16 de julio de 1829 Vicepresidente (Presidente Interino)
Francisco Ramón Vicuña 16 de julio de 1829 19 de octubre de 1829 Presidente Delegado
Francisco Antonio Pinto 19 de octubre de 1829 2 de noviembre de 1829 Presidente de la República Electo
Francisco Ramón Vicuña 2 de noviembre de 1829 7 de diciembre de 1829 Vicepresidente (Presidente Interino)
Acefalía del ejecutivo 7 de diciembre de 1829 24 de diciembre de 1829
José Tomás Ovalle 24 de diciembre de 1829 18 de febrero de 1830 Presidente de la Junta de Gobierno
Francisco Ruiz-Tagle Portales 18 de febrero de 1830 1 de abril de 1830 Presidente Provisional
José Tomás Ovalle 1 de abril de 1830 8 de marzo de 1831 Vicepresidente (Presidente Provisional)
Fernando Errázuriz 8 de marzo de 1831 22 de marzo de 1831 Presidente Provisional
22 de marzo de 1831 18 de septiembre de 1831 Vicepresidente (Presidente Provisional)
José Joaquín Prieto 18 de septiembre de 1831 18 de septiembre de 1836 Presidente de la República Electo
18 de septiembre de 1836 18 de septiembre de 1841 Presidente de la República Reelecto
Manuel Bulnes 18 de septiembre de 1841 18 de septiembre de 1846 Presidente de la República Electo
18 de septiembre de 1846 18 de septiembre de 1851 Presidente de la República Reelecto
Manuel Montt 18 de septiembre de 1851 18 de septiembre de 1856 Presidente de la República Electo
18 de septiembre de 1856 18 de septiembre de 1861 Presidente de la República Reelecto
José Joaquín Pérez 18 de septiembre de 1861 18 de septiembre de 1866 Presidente de la República Electo
18 de septiembre de 1866 18 de septiembre de 1871 Presidente de la República Reelecto
Federico Errázuriz Zañartu 18 de septiembre de 1871 18 de septiembre de 1876 Presidente de la República Electo
Aníbal Pinto 18 de septiembre de 1876 18 de septiembre de 1881 Presidente de la República Electo
Domingo Santa María 18 de septiembre de 1881 18 de septiembre de 1886 Presidente de la República Electo
José Manuel Balmaceda 18 de septiembre de 1886 29 de agosto de 1891 Presidente de la República Electo
Manuel Baquedano 29 de agosto de 1891 31 de agosto de 1891 Jefe de Gobierno Provisional
Jorge Montt 31 de agosto de 1891 26 de diciembre de 1891 Presidente de la Junta de Gobierno Guerra Civil
Jorge Montt 26 de diciembre de 1891 18 de septiembre de 1896 Presidente de la República Electo
Federico Errázuriz Echaurren 18 de septiembre de 1896 12 de julio de 1901 Presidente de la República Electo
Aníbal Zañartu 12 de julio de 1901 18 de septiembre de 1901 Vicepresidente
Germán Riesco 18 de septiembre de 1901 18 de septiembre de 1906 Presidente de la República Electo
Pedro Montt 18 de septiembre de 1906 16 de agosto de 1910 Presidente de la República Electo
Elías Fernández Albano 16 de agosto de 1910 6 de septiembre de 1910 Vicepresidente
Emiliano Figueroa Larraín 6 de septiembre de 1910 23 de diciembre de 1910 Vicepresidente
Ramón Barros Luco 23 de diciembre de 1910 23 de diciembre de 1915 Presidente de la República Electo
Juan Luis Sanfuentes 23 de diciembre de 1915 23 de diciembre de 1920 Presidente de la República Electo
Arturo Alessandri Palma 23 de diciembre de 1920 12 de septiembre de 1924 Presidente de la República Electo
Luis Altamirano Talavera 12 de septiembre de 1924 23 de enero de 1925 Presidente de la Junta de Gobierno Golpe de Estado
Pedro Pablo Dartnell 23 de enero de 1925 27 de enero de 1925 Presidente de la Junta de Gobierno Golpe de Estado
Emilio Bello Codecido 27 de enero de 1925 12 de marzo de 1925 Presidente de la Junta de Gobierno
Arturo Alessandri Palma 12 de marzo de 1925 1 de octubre de 1925 Presidente de la República (continuación del mandato)
Luis Barros Borgoño 1 de octubre de 1925 23 de diciembre de 1925 Vicepresidente
Emiliano Figueroa Larraín 23 de diciembre de 1925 10 de mayo de 1927 Presidente de la República Electo
Carlos Ibáñez del Campo 10 de mayo de 1927 21 de julio de 1927 Vicepresidente
Carlos Ibáñez del Campo 21 de julio de 1927 26 de julio de 1931 Presidente de la República Electo
Pedro Opazo Letelier 26 de julio de 1931 27 de julio de 1931 Vicepresidente
Juan Esteban Montero 27 de julio de 1931 3 de septiembre de 1931 Vicepresidente
Manuel Trucco Franzani 3 de septiembre de 1931 15 de noviembre de 1931 Vicepresidente
Juan Esteban Montero 15 de noviembre de 1931 4 de diciembre de 1931 Vicepresidente
Juan Esteban Montero 4 de diciembre de 1931 4 de junio de 1932 Presidente de la República Electo
Arturo Puga 4 de junio de 1932 16 de junio de 1932 Presidente de la Junta de Gobierno de la República Socialista Golpe de Estado
Carlos Dávila Espinoza 16 de junio de 1932 8 de julio de 1932 Presidente Junta de Gobierno de la República Socialista
Carlos Dávila Espinoza 8 de julio de 1932 13 de septiembre de 1932 Presidente Provisional de la República Socialista
Bartolomé Blanche 13 de septiembre de 1932 2 de octubre de 1932 Presidente Provisional de la República Socialista
Abraham Oyanedel Urrutia 2 de octubre de 1932 24 de diciembre de 1932 Vicepresidente
Arturo Alessandri Palma 24 de diciembre de 1932 24 de diciembre de 1938 Presidente de la República Electo
Pedro Aguirre Cerda 24 de diciembre de 1938 25 de noviembre de 1941 Presidente de la República Electo
Jerónimo Méndez 25 de noviembre de 1941 2 de abril de 1942 Vicepresidente
Juan Antonio Ríos 2 de abril de 1942 27 de junio de 1946 Presidente de la República Electo
Alfredo Duhalde 27 de junio de 1946 3 de agosto de 1946 Vicepresidente
Vicente Merino 3 de agosto de 1946 13 de agosto de 1946 Vicepresidente
Alfredo Duhalde 13 de agosto de 1946 17 de octubre de 1946 Vicepresidente
Juan Antonio Iribarren 17 de octubre de 1946 3 de noviembre de 1946 Vicepresidente
Gabriel González Videla 3 de noviembre de 1946 3 de noviembre de 1952 Presidente de la República Electo
Carlos Ibáñez del Campo 3 de noviembre de 1952 3 de noviembre de 1958 Presidente de la República Electo
Jorge Alessandri 3 de noviembre de 1958 3 de noviembre de 1964 Presidente de la República Electo
Eduardo Frei Montalva 3 de noviembre de 1964 3 de noviembre de 1970 Presidente de la República Electo
Salvador Allende 3 de noviembre de 1970 11 de septiembre de 1973 Presidente de la República Electo
Augusto Pinochet 11 de septiembre de 1973 27 de junio de 1974 Presidente de la Junta de Gobierno Golpe de Estado
27 de junio de 1974 17 de diciembre de 1974 Jefe Supremo de la Nación
Augusto Pinochet 17 de diciembre de 1974 11 de marzo de 1981 Presidente de la República
11 de marzo de 1981 11 de marzo de 1989 Presidente de la República Plebiscito
11 de marzo de 1989 11 de marzo de 1990 Presidente de la República Plebiscito
Patricio Aylwin 11 de marzo de 1990 11 de marzo de 1994 Presidente de la República Electo
Eduardo Frei Ruiz-Tagle 11 de marzo de 1994 11 de marzo de 2000 Presidente de la República Electo
Ricardo Lagos 11 de marzo de 2000 11 de marzo de 2006 Presidente de la República Electo
Michelle Bachelet 11 de marzo de 2006 En el cargo Presidente de la República Electa
Simbología: En negrita, ejercieron efectivamente el cargo de Presidente o Director Supremo. En cursiva, ejercieron el cargo interina o momentáneamente debido a vacancia del cargo. significa fecha de fallecimiento del mandatario.

[editar] Línea de tiempo de los presidentes

[editar] Curiosidades

  • Duración en el cargo: la persona que más tiempo se ha desempeñado con el título de presidente ha sido Augusto Pinochet con 5.563 días[24], superando los 3.723 días de los dos períodos de Arturo Alessandri. Mientras que Francisco Antonio Pinto es la persona que menos días se ha desempeñado como presidente, con sólo 14 días, seguido de Manuel Blanco Encalada, con 62 días.
  • Sexo: de los 34 presidentes que ha tenido el país, sólo uno ha sido mujer (Michelle Bachelet)[30], la que puso término al ininterrumpido ejercicio del cargo por parte de miembros masculinos.
  • Estado civil: de todos los presidentes, sólo dos no han estado casados durante el ejercicio de su cargo (Jorge Alessandri y Michelle Bachelet).

[editar] Referencias

  • Barros Arana, Diego (1897), Historia General de Chile, Santiago de Chile: Imprenta Cervantes. Tomos XIV-XVI.
  • Bravo Lira, Bernardino (2004), El Estado de Derecho en la Historia de Chile: Por la razón o la fuerza, Santiago de Chile: Ediciones Universidad Católica de Chile.
  • Cahoon, Benjamin M. (2005), World Statesmen.org - Chile [2006]
  • Biblioteca del Congreso Nacional: "Ley 19.672 (Diario Oficial, 19 abril, 2000). Reforma constitucional que modifica el artículo 30 de la Carta Fundamental, con el fin de establecer el estatuto de los Ex Presidentes de la República", en Historia de la Ley. Compilación de textos oficiales del debate parlamentario.- Santiago de Chile, 2000.- [1]
  • Encina, Francisco (1984), Historia de Chile desde la Prehistoria hasta 1891, Santiago de Chile: Editorial Ercilla. ISBN 956101405-X.
  • Fuentes, Jordi; Cortés, Lía; Castillo Infante, Fernando; Valdés Phillips, Arturo. (1982), Diccionario Histórico de Chile, Santiago de Chile: Editorial Zig-Zag, S.A..
  • Frías Valenzuela, Francisco (1986), Historia de Chile. Desde la Prehistoria hasta 1973, Santiago de Chile: Empresa Editora Zig-Zag, S.A. 11ª edición: noviembre de 1993. ISBN 956-12-0766-4.
  • Silva Bascuñán, Alejandro (1997), Tratado de Derecho Constitucional. Tomo III: La Constitución de 1980. Antecedentes y génesis, Santiago de Chile: Editorial Jurídica de Chile. ISBN 9561011786.
  • Silva Bascuñán, Alejandro (2004), Tratado de Derecho Constitucional. Tomo V: La Constitución de 1980. Gobierno, Santiago de Chile: Editorial Jurídica de Chile.
  • Valencia A., Luis (1986), Anales de la República, Santiago de Chile: Editorial Andrés Bello. 2ª edición.

[editar] Notas

  1. Salvo por el breve periodo en que el Primer Congreso Nacional asumió directamente el mando supremo del país, y sin perjuicio de la existencia, tras la promulgación del Reglamento de 1811, de la Autoridad Ejecutiva Provisoria, un órgano compuesto por tres miembros.
  2. a b c Barros Arana, Diego: "Gobierno interino de Blanco Encalada", en Historia General de Chile.- Santiago de Chile: Imprenta Cervantes, 1897.- Tomo XV, p. 33-34
  3. Para un periodo que duraría hasta el 1 de julio de 1829, "día en que debían estar elegidos constitucionalmente [el presidente y vicepresidente], con arreglo a la constitución que debía darse"
  4. Al asumir, uno de sus primeros actos como presidente fue sancionar dicha ley.
  5. En los cuales, habitualmente, han asumido el mando del país órganos colegiados denominados Juntas de Gobierno.
  6. El Tribunal de Honor dio como ganador a Arturo Alessandri Plama con 177 electores contra 176 de Luis Barros Borgoño
  7. Presidencia de la República de Chile (2006), Viva La Moneda. Tour Virtual. Sala de Edecanes [2006]
  8. EMOL (2006), Los hombres tras la Presidenta: ¿Qué hace un edecán? (Periodista.cl ed.) [2006]
  9. Ibidem
  10. Los Ministros de Defensa, como superiores administrativos de las Fuerzas Armadas, tienen cuatro edecanes; los Intendentes Regionales, como representantes naturales e inmediatos del Presidente en el territorio de la respectiva región, igualmente poseen edecanes. El Senado, la Cámara de Diputados y la Corte Suprema disponen de un edecán.
  11. Carabineros de Chile (2005), Guardia de Palacio. Tradición, doctrina y disciplina [2006]
  12. Ejército de Chile (2006), Reseña histórica del Regimiento de Caballaría Blindada Nº 1 “Granaderos” [2006]
  13. Ibidem.
  14. 24 Horas (2007), Comprarán avión presidencial de segunda mano [2007]
  15. Reuters América Latina (2007), Chile gastará hasta 50 mln dlr en nuevo avión presidencial [2007]
  16. Con anterioridad se habían construido dos edificios en el lugar, que fueron destruidos por terremotos en 1647 y 1730.
  17. Museo Histórico Nacional de Chile (2006), Historia [2007]
  18. a b Museo Histórico Nacional de Chile (2006), El edificio del Museo Histórico Nacional - Memoria de un espacio patrimonial [2007]
  19. Encina, Francisco: "Gobierno interior y administración. 13. Traslación de la residencia del presidente y de los ministros al palacio de la Moneda. Creación de la provincia de Valparaíso", en Historia de Chile desde la Prehistoria hasta 1891.- Santiago de Chile: Editorial Ercilla, 1984.- ISBN 956101405-X. Tomo XXII, p. 198
  20. A partir del año 2000. Con anterioridad no tuvo la posibilidad de desempeñarse como senador vitalicio, por haber desempeñado el cargo de Presidente en el periodo transicional reducido de 4 años (1990-1994), establecido por la reforma constitucional de 1989.
  21. En los hechos no ha producido efecto alguno, por cuanto asumió, tras finalizar su mandato, como senador vitalicio y actualmente se desempeña como senador por la Circunscripción XVI (Región de Los Lagos-Norte).
  22. Luego de renunciar a su puesto de senador vitalicio
  23. Ramón Freire ejerció en dos períodos no consecutivos como gobernante de Chile, uno como Director Supremo y otro como Presidente
  24. 6.025 días como gobernante, desde el 11 de septiembre de 1973 al 10 de marzo de 1990.
  25. Recibió el mando de parte de Carlos Ibáñez del Campo, tras su renuncia. Formaba parte del llamado "Congreso Termal", de irregular origen.
  26. Accedió al cargo en condiciones excepcionales, ya que su antecesor, Bartolomé Blanche, había asumido como último Presidente Provisional de la República Socialista de Chile, para luego entregarle el mando al ser la única autoridad en el orden de precedencia constitucional que se encontraba en funciones.
  27. Al fallecimiento de Pedro Montt, a meses de la celebración del centenario de la independencia, se sumó el fallecimiento de su subrogante, el vicepresidente Elías Fernández Albano, a menos de un mes de asumir el cargo de vicepresidente
  28. José Manuel Balmaceda se suicidó durante la madrugada del 19 de septiembre de 1891, el día siguiente al término de su periodo constitucional. Sin perjuicio que, el 29 de agosto del mismo año, había delegado el mando en Manuel Baquedano.
  29. Durante el golpe de Estado del 11 de septiembre de 1973 que lo derrocaría.
  30. La primera candidata mujer a la presidencia fue la dirigente comunista Gladys Marín el año 1999, junto con la ecologista Sara Larraín.
  31. 15 en la Facultad de Derecho, dos en la Facultad de Medicina y dos en la de Facultad de Ingeniería.
  32. Bernardo O'Higgins, que fue Director Supremo, era hijo de Ambrosio O'Higgins, que se desempeñó como Gobernador de Chile durante La Colonia

[editar] Véase también

[editar] Enlaces externos

Commons


Engranajes

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