Banca Comercial
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PAPEL Y FUNCIONES DE LA SUPERINTENDENCIA DE BANCOS El papel de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras (SUDEBAN) es ejercer inspección, supervisión, vigilancia, regulación y control de los Bancos Universales, Comerciales, con Leyes Especiales, de Inversión, Hipotecarios, Sociedades de Capitalización, Casas de Cambio, Almacenes Generales de Depósito, Oficinas de Representación de Bancos Extranjeros, Arrendadoras Financieras, Fondos de Activos Líquidos y Entidades de Ahorro y Préstamo. Tiene la responsabilidad de instrumentar dos tipos de controles fundamentales: el Control Directo (Inspección In Situ) y el Control Indirecto (Inspección extra situ), también tiene la responsabilidad de normar:
1.Procedimientos en las solicitudes de Promoción y funcionamiento de bancos e instituciones financieras. 2.Normas sobre el control, participación y vinculación. 3.Normas para la apertura de oficinas, sucursales y agencias. 4.Normas para los procedimientos de fusión y transformación. 5.Normas relativas a: a.Clasificación de inversiones y créditos. b.Contenido de los prospectos de emisión de títulos hipotecarios. c.Reestructuración y reprogramación de créditos. d.Valuación de inversiones y otros activos. e.Exposición y cobertura de grandes riesgos y concentración de créditos. f.Riesgos fuera del balance y formas de cubrirlo. g.Transacciones internacionales. h.Adecuación patrimonial. i.Mesas de dinero. j.Riesgos de liquidez, interés y cambio extranjero. k.Adecuación de garantías. l.Castigo de créditos. m.Devengo de intereses. n.Controles internos. o.Divulgación de propagandas.
Tiene como función principal supervisar, controlar y vigilar las instituciones financieras regidas por la Ley General de Bancos y otras Instituciones Financieras, con el objetivo de determinar la correcta realización de sus actividades a fin de evitar crisis bancarias y permitir el sano y eficiente funcionamiento del Sistema Financiero venezolano.
¿QUÉ ES FOGADE? El Fondo de Garantía de Depósitos y Protección Bancaria, es un instituto autónomo con personalidad jurídica y patrimonio propio e independiente de la Hacienda Pública Nacional, adscrito al Ministerio de Finanzas a los solos efectos de la tutela administrativa.
¿CUÁL ES EL OBJETO DE FOGADE?Garantizar los depósitos del público realizados en los bancos, entidades de ahorro y préstamo y otras instituciones financieras regidos por la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, y ejercer la función de liquidador de bancos, entidades de ahorro y préstamo e instituciones financieras regidos por dicha Ley, y empresas relacionadas al grupo financiero.
¿CUÁLES DEPÓSITOS ESTÁN GARANTIZADOS POR FOGADE? FOGADE garantiza los depósitos del público realizados en moneda nacional en los bancos, entidades de ahorro y préstamo y demás instituciones financieras domiciliadas en la República Bolivariana de Venezuela, en instrumentos nominativos: libretas de ahorro, cuentas corrientes, depósitos a plazo fijo, certificados de ahorro, certificados de depósito a plazo, bonos quirografarios e inversiones del público en los fondos del mercado monetario o fondos de activos líquidos. La Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras señala que pueden garantizarse otros instrumentos financieros nominativos de naturaleza similar a los anteriores, que califique a estos fines el Consejo Superior, previa opinión del Directorio del Banco Central de Venezuela, la cual será vinculante. El Fondo se rige por el Decreto con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.555 Extraordinario, en fecha 13 de Noviembre de 2001; siendo sus principales funciones las siguientes:
1.Garantizar los depósitos del público realizados en los bancos, entidades de ahorro y préstamo y otras instituciones financieras regidas por el Decreto con Fuerza de Ley de Reforma de la Ley General de Bancos y Otras Instituciones Financieras. 2.Ejercer la función de liquidador de bancos, entidades de ahorro y préstamo e instituciones financieras regidos por dicha Ley, y empresas relacionadas al grupo financiero.
MINISTERIO DE FINANZAS Es el brazo del Ejecutivo Nacional que se encargar de todas las medidas de índole financiero que se implementan en nuestro país. En busca de lograr una estabilidad económica necesaria para lograr cumplir las metas trazadas por el estado. El ministerio de finanzas se desprende de los parámetros establecidos por la ley de Hacienda Publica Nacional. Subscrita a ella todo el circuito financiero que gerencia la actividad publica del estado. Como lo son: FOGADE, SEDEBAN, SENIAT. Es decir el Ministerio de Finanzas, es donde se dictan los lineamientos financieros donde se regirá el estado.
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