Iuris tantum
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Iuris tantum es una locución latina que hace referencia a un tipo de presunción jurídica.
Una presunción iuris tantum es aquella que se establece por ley y que admite prueba en contrario, es decir, permite probar la no existencia del hecho o situación que se presume, a diferencia de las presunciones iuris et de iure que impiden probar que son falsas.
La mayoría de presunciones que se encuentran en derecho son iuris tantum. En algunos ordenamientos se les denomina presunciones simplemente legales.
[editar] Aplicaciones
Cuando la ley quiere asignar la carga de la prueba a alguien en particular en un litigio concreto, establece una presunción iuris tantum.
Con ello, obliga a la persona que quiere vencer esa presunción a aportar las pruebas suficientes como para demostrar su falsedad.
Por ejemplo, si la ley entiende que quien tiene la posesión de un bien se presume que es su propietario, alguien que quiera demostrar que la propiedad le pertenece deberá probarlo (con documentos, testigos, etc.).