Magistraturas romanas
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El poder en tiempos de la república era ejercido por una serie de magistrados elegidos por los distintos comicios. Cada magistrado tenía distintas funciones, atribuciones y periodo de ejercicio. De mayor a menor importancia estas magistraturas eran:
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[editar] Clasificación
[editar] Magistraturas ordinarias
Las magistraturas ordinarias eran las que regían en tiempos de normalidad. Se accedía a ellas de acuerdo al cursus honorum. En orden jerárquico ascendente, eran:
Además, existía una magistratura ordinaria especial reservada exclusivamente a los plebeyos, que no formaba parte del cursus honorum: el tribunado de la plebe.
[editar] Magistraturas extraordinarias
Las magistraturas extraordinarias eran aquellas que regían en períodos de anormalidad provocados ya fuera por casuas externas (por ejemplo: una guerra que pusiera en peligro la existencia de Roma) o internas (por ejemplo: un conjuración que pusiera en peligro las instituciones republicanas). Eran, en orden de aparición histórica:
- El decemvirato
- La dictadura, que involucraba el nombramiento de un dictador el cual, a su vez, designaba a un magister equitum
- El triunvirato. Si bien se discute su calidad de magistratura.
[editar] Magistraturas ordinarias
[editar] La cuestura
Los primeros cuestores fueron jueces encargados de los casos de asesinato y de insurrección o alta traición. Con el tiempo su denominación más común fue Decumviri Perduillionis et parricidii. Eran nombrados para cada caso y no constituían una magistratura permanente.
A fines del Siglo III adC los Decumviri o Cuestores perdieron sus atribuciones judiciales que pasaron a los Triunviri nocturni.
Simultáneamente a estos Cuestores judiciales existieron los Cuestores administrativos, en los cuales delegaba el rey la administración de los fondos públicos. Con la república sus funciones pasaron a los cónsules que las delegaron en dos cuestores civiles (para el Tesoro público) y dos cuestores militares (para las arcas del Ejército). Más tarde su nombramiento paso a los Comicios Tribunados.
[editar] La edilidad
Los Ediles Curules surgieron durante la República Romana, inicialmente para organizar algunas celebraciones. Eran designados por los Comicios Tribunados.
Inicialmente ejercieron la magistratura alternativamente patricios y plebeyos; después la designación fue independiente de la clase; el 541 ab urbe condita se volvió a su designación alternativa (patricios en los años impares y plebeyos en los años pares).
Más tarde asumieron funciones policiales, sanitarias, morales, abastecimientos, mercados, precios, calidad, y organización de juegos.
[editar] La pretura
Los pretores eran los encargados de presidir los tribunales, durante un año, aunque finalizado este tiempo podían convertirse en propretores y gobernar otro año sobre unos territorios determinados. Eran ocho, y podían considerarse los ayudantes de los cónsules.
El cónsul perdió las funciones judiciales civiles en favor de un magistrado curul designado como Pretor, por plazo de un año, quien poseía el imperium y figuraba entre los magistrados de mayor jerarquía. Su nombramiento recayó en los Comicios Centuriados y con el mismo ceremonial religioso que se usaba para la elección del cónsul. La insignia de su cargo era la toga pretexta. Al Pretor correspondían además las funciones consulares cuando los cónsules estaban ausentes.
El Pretor era patricio hasta el 337 adC en que pudieron acceder a la pretura los plebeyos. Progresivamente los plebeyos ostentaron la magistratura en la mayoría de las ocasiones.
El pretor de Roma dividió sus funciones a partir del 246 adC: el Praetor Urbanus se ocupó de las cuestiones de los ciudadanos; y el Praetor Peregrinus de las cuestiones suscitadas entre ciudadanos romanos y no ciudadanos. La división de funciones fue necesaria por el incremento de las causas.
[editar] El consulado
Se denominó consulado a la magistratura romana que sustituyó a la monarquía al frente del Estado (Véase Roma (República)). Cada año se elegían dos cónsules.
Progresivamente van perdiendo atribuciones: primero algunas facultades judiciales civiles y criminales (delegadas en Cuestores o Decenviros nombrados en cada caso); después sus decisiones debieron ser refrendadas por el Senado; después perdió la administración del Tesoro (en favor de los Cuestores) y la de los archivos públicos; después perdió el control de las arcas del ejército (en favor de los Cuestores Militares); más tarde perdió sus funciones de censor (en favor de los Censores) y de nombrar las vacantes del Senado (también atribuidas a los Censores); después perdió la facultad de nombrar Cuestores (que pasó a los comicios tribunados); luego perdió otras atribuciones judiciales (en favor del Pretor); después las competencias sobre fiestas, policía y mercados (en favor de los Ediles Curules), y también la facultad de nombrar dictador (que pasó al Senado). Al final solo conservaba algunas funciones menores, el poder ejecutivo de las leyes y el mando del Ejército.
[editar] La censura
Las funciones del censor estaban inicialmente confiadas al cónsul, que podía delegarlas. Se ejercían cada cinco años y al terminar se relizaba un ritual de purificación con varios sacrificios llamado Lustro. Después, se crearon los dos censores, elegidos cada cinco años de entre los senadores que habían desempeñado el consulado, constituyendo esta magistratura la culminación de su carrera o cursus honorum. Sus competencias consistían en revisar la lista de ciudadanos, la del Senado, y decidir que obras públicas iban a ser costeadas por la República en los siguientes cinco años. Sus tareas se realizaban durante 18 meses, y terminaban con la realización de la cermonia lustral ya reseñada, cesando inmediatamente después en el cargo.
[editar] Magistraturas extraordinarias
[editar] La dictadura
La dictadura era en la Antigua Roma el gobierno extraordinario que confería a una persona, el dictador, una autoridad suprema en los momentos difíciles, especialmente en los casos de guerra; la dictadura nació, al parecer a propuesta de Tito Larcio, quien fue además el primero en ejercer el cargo. El dictador era nombrado por uno de los cónsules en virtud de una orden del Senado que tenía la potestad de determinar cúando era necesario el nombramiento y quién debía ocupar el cargo. En un principio, sólo los patricios podían ser nombrados dictadores, pero en el año 356 adC se les reconoció ese mismo derecho a los plebeyos.
[editar] Principios de las magistraturas ordinarias
Las magistraturas ordinarias funcionaban siguiendo tres principios:
- La colegiatura
- La anualidad
- La jerarquía o cursus honorum
[editar] Historia
La Ley del 180 adC determinó la edad para desempeñar una magistratura en Roma. Estableció que era obligatorio desempeñar la pretura antes del consulado y obligaba a un intervalo de dos años intercalados entre cada magistratura. La edad mínima del cónsul era de 42 años, del pretor 39, y de un cuestor 36.
Los cuestores judiciales era el cargo por el que muchos jóvenes empezaban su carrera (cursus honorum) al terminar el servicio militar, que fue fijado en al menos diez años para quien aspirara a las magistraturas, y premisa imprescindible para ingresar en la carrera honorífica.
Todos los ejercientes de magistraturas constituyeron una nueva nobleza (nobilitas) que rendía cuenta normalmente ante las Asambleas que les elegían, pero de hecho rinde sus verdaderas cuentas ante sus iguales, es decir el Senado