Senado de Chile
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El Senado de Chile es una de las dos cámaras del Congreso Nacional que forman parte del poder legislativo del país.
Sus funciones son participar en la elaboración de las leyes junto a la Cámara de Diputados y al Presidente de la República. Desde el 11 de marzo del 2006, el Senado de Chile es presidido por el senador Eduardo Frei Ruiz-Tagle
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[editar] Funciones y atribuciones del Senado
Al Senado corresponde, naturalmente, intervenir en el proceso de formación de las leyes. Tiene, además, las atribuciones indicadas en la Constitución, que le son exclusivas (artículo 49 de la Constitución de 1980):
- Conocer de las acusaciones constitucionales que entable la Cámara de Diputados.
- Resolver sobre la admisibilidad de acciones judiciales que se pretendan iniciar contra algún Ministro del Estado por actos de éste en el desempeño de su cargo que se estime que causan perjuicios injustamente.
- Conocer de las contiendas de competencia que se susciten entre las autoridades políticas o administrativas y los tribunales superiores de justicia.
- Otorgar la rehabilitación de la ciudadanía.
- Prestar o negar su consentimiento a los actos del Presidente de la República, en los casos en que la Constitución o la ley lo requieran.
- Otorgar su acuerdo para que el Presidente de la República se ausente del país por más de treinta días o en los últimos noventa de su mandato.
- Declarar, oyendo al Tribunal Constitucional, la inhabilidad del Presidente de la República y pronunciarse sobre la dimisión que el Presidente de la República haga de su cargo.
- Aprobar la declaración del Tribunal Constitucional sobre responsabilidad del Presidente de la República en hechos que han motivado la inconstitucionalidad de un partido u organización que no ha respetado los principios básicos del régimen democrático y constitucional.
- Dar su dictamen al Presidente de la República en los casos que éste lo solicite.
- Aprobar los nombramientos que el Presidente de la República proponga, en los casos que la Constitución y las leyes establezcan (por ejemplo, las designaciones de ministros de la Corte Suprema, o consejeros del Banco Central).
[editar] Composición del Senado
Conforme a la Constitución Política de 1828 el Senado estaba compuesto por representantes de las Asambleas Provinciales, a razón de 2 senadores por provincia (16 en total), por 4 años. Se renovaba por mitades cada 2 años.
La Constitución Política de 1833 dispuso que el Senado estaría compuesto por 20 miembros, los cuales serían elegidos indirectamente (mediante un sistema de electores) por un periodo de 9 años y podrían reelegirse indefinidamente. En cada provincia se elegían electores a razón de 3 por diputado.
Las reformas de 1874 permitieron que la elección fuese por votación directa y en representación de las provincias. Cada provincia pasaba a elegir un 1 senador por cada 3 diputados y fracción de 2. Además se rebajaba el periodo a 6 años reelegibles indefinidamente.
Con la Constitución Política de 1925, el Senado pasó a ser electo directamente por las 9 (1925) y posteriormente 10 (1967) agrupaciones provinciales por un periodo de 8 años, reelegibles indefinidamente. Cada agrupación provincial elegía 5 senadores. Cada 4 años se renovaba por mitades.
En el régimen político imperante bajo la Constitución Política de 1980, para analizar la composición del Senado hay que distinguir:
[editar] Diseño original de la Constitución de 1980
Las concepciones que tenían sobre la democracia los redactores de la Constitución condujeron a consagrar un sistema particular, susceptible de evitar los supuestos excesos del sufragio universal. El Senado quedaría compuesto no sólo por los elegidos del pueblo (dos por cada región, 26 en total), sino también a modo de una cámara de sabios por ciertas autoridades, algunas designadas (por otras), otras que gozarían del cargo por derecho propio: senadores designados y senadores vitalicios, respectivamente.
Los senadores designados serían nueve senadores no electos por la nación, sino por diversas autoridades. Se designaban cada 8 años y, en caso de vacancia del escaño, fuere por muerte, por incapacidad o inhabilidad, éste no era reemplazado, hasta el fin del periodo de ocho años que le correspondía.
- Cuatro senadores designados por el Consejo de Seguridad Nacional. El Consejo debía escoger sus candidatos entre quienes hubieren desempeñado como comandantes en jefe de las Fuerzas Armadas o directores generales de Carabineros de Chile;
- Tres senadores nombrados por la Corte Suprema. Dos de ellos debían haber sido ministros de dicho tribunal al menos por dos años seguidos. El tercer senador designado por la Corte debía haber desempeñado por igual período como Contralor General de la República;
- Dos senadores designados por el Presidente de la República). Uno debía haber sido rector universitario y el otro, Ministro de Estado.
Los senadores vitalicios serían senadores por derecho propio. Los ex-presidentes la República que hubieren ejercido su cargo por el mandato constitucional completo tendrían por derecho propio el cargo de senador. Este tendría, además, la particularidad de ser un puesto vitalicio.
[editar] Desde 1990 a 2006
Originalmente habían trece circunscripciones, correspondientes a las trece regiones del país; pero las reformas constitucionales aprobadas en 1989 permitieron dividir seis regiones en dos circunscripciones cada una (las regiones más pobladas), reforzando la institucionalidad democrática del Senado, al permitir un mayo número de senadores electos (pasando de 26 a 38), ya que se mantuvo la figura de los senadores designados y vitalicios.
El Senado durante este periodo llegó a estar compuesto por 38 senadores electos, 9 designados y 2 vitalicios. En total, 47 senadores (desde 1990 a 1998); 48 (1998 a 2000); 49 (2000 a 2002); y 48 (2002 a 2006).
Si bien algunos senadores designados poseyeron verdaderamente cierta auctoritas, pero no siempre fue así. Como la expresión "senadores designados" pareció un tanto peyorativa, éstos se dieron en llamar "senadores institucionales". Su número fue suficientemente relevante para que los gobiernos que se sucedieron desde 1990 debieran transigir con ellos para alcanzar las mayorías necesarias. Si bien, en un principio, estos constituyeron una bancada paralela a la de los grupos políticos, terminaron uniéndose a las bancadas políticas con quienes tenían afinidad.
Por otro lado, sólo dos ex-presidentes alcanzaron a desempeñar el cargo de senador vitalicio: Augusto Pinochet (de 1998 a 2002) y Eduardo Frei Ruiz-Tagle (de 2000 a 2006). Tras el retiro de la vida pública del primero, Frei fue el último en desempeñar dicho cargo.
[editar] Desde 2006 en adelante
Durante el gobierno de Ricardo Lagos, fue promulgada una reforma constitucional, luego de haber sido aprobada casi unánimemente algunos meses atrás por el Congreso Pleno. Estas reformas, que entraron en vigor el 11 de marzo de 2006, permitieron que el Senado estuviese exclusivamente integrado por miembros electos por el pueblo, eliminando los senadores designados y vitalicios. El número de senadores fue reducido así de 48 a 38 miembros.
En la actualidad, estos 38 senadores son electos directamente por 8 años a razón de 2 por cada una de las 19 circunscripciones senatoriales del país.
[editar] Requisitos para ser senador
Para ser electo, los senadores deben tener 35 años de edad (hasta 2006 eran 40 años). Pueden ser reelectos indefinidamente. La renovación del Senado se efectúa cada 4 años. Se alternan las regiones de número impar y en el siguiente periodo las regiones pares y la Región Metropolitana de Santiago.
Conforme al sistema electoral binominal mayoritario, son electos como senadores las dos primeras mayorías individuales. Si una lista duplica en votos a la lista que le sigue obtiene los dos senadores. En caso de vacancia de un escaño por muerte, incapacidad o inhabilidad su reemplazante es el compañero de lista. De no existir senador acompañante o restando más de dos años para el término de su periodo, el partido al cual pertenece propone una lista de tres nombres de los cuales el Senado elige su reemplazante por mayoría absoluta.
[editar] Miembros actuales
[editar] Véase también
- Presidente del Senado de Chile
- Cámara de Diputados de Chile
- Política de Chile
- División electoral de Chile
[editar] Enlaces externos
- Sitio web oficial del Senado de Chile (en español)