Escudo de Extremadura
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El Escudo de Extremadura aparece descrito en el título I de la Ley 4/1985, de 3 de junio, del escudo, la bandera y del Día de Extremadura.
Es un escudo con boca a la española. Timbrado en coronel abierto; compuesto de ocho florones de hojas de acanto, visibles cinco, engastado en piedras preciosas. Escudo medio partido y cortado.En el primer cuartel, de oro, un león rampante de gules linguado y uñado. En el segundo en campo de gules un castillo de oro mazonado de sable. En el tercero en campo de azur dos columnas corintias de oro rodeadas de una cinta de plata con leyenda «Plus Ultra» cargada de letras de gules. En punta ondas de azur y plata. Sobre el todo un escusón de plata con una encina de sinople fustada
El Escudo de Extremadura debe figurar en:
- 1.º Los edificios de la Comunidad Autónoma.
- 2.º Las banderas de Extremadura que se exhiben en los edificios o establecimientos de los distintos Organismos Públicos sitos en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
- 3.º Los medios de transporte oficial de las Instituciones Autonómicas.
- 4.º Los diplomas o títulos de cualquier clase, expedidos por autoridades representativas de Instituciones Autonómicas.
- 5.º Los documentos, impresos, sellos y membretes de uso oficial de las Instituciones Autonómicas.
- 6.º Las publicaciones oficiales de las Instituciones de la Comunidad Autónoma.
- 7.º Los distintivos oficiales, si los hubiere, usados por las autoridades representativas de Instituciones Autonómicas.
- 8.º Los lugares u objetos de uso oficial que por su carácter especialmente representativo así se determine.
Las medidas del escudo estarán en proporción 5/6 por lo que se refiere a la relación altura-anchura.