Infraestructura Común de Telecomunicaciones
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La ICT (Infraestructura Común de Telecomunicaciones) es la infraestructura básica que por ley, en España desde 1998, define unos recursos mínimos que son:
- Telefonía.
- RDSI (Red Digital de Servicios Integrados).
- Radio y televisión (tanto digital como analógica).
- Telecomunicaciones por cable.
Debe existir un proyecto técnico de ICT en:
- Edificios de nueva construcción.
- Edificios singulares o centros comerciales.
- Edificios de oficinas.
- Los que vayan a ser alquilados por un periodo superior a un año.
- Edificios antiguos que esté previsto ampliar.
Una ICT se divide en tres tipos de redes:
- Distribución: La red que distribuye los servicios entre las plantas del edificio.
- Dispersión: Aquella que distribuye los servicios dentro de cada planta hasta el domicilio del usuario.
- Usuario: Interna de cada vivienda.
Existen dos elementos importantes dentro de una ICT:
- RITS (Recinto de Instalación de Telecomunicaciones Superior), se encuentra en la parte superior del edificio. En ella se instala el aparato de captación de la señal de televisión. Nunca servicios de telefonia.
- RITI (Recinto de Instalación de Telecomunicaciones Inferior), lleva lo necesario para que el bucle de abonado llegue a cada vivienda. En caso de conectarse una antena o televisión por cable, se haría a este.