Sufragio censitario
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Por sufragio censitario (o restringido) se denomina cualquier sistema electoral que establece como requisito y derecho a voto activo o pasivo que los ciudadanos que cumplan determinados requisitos que afectan a su condición social. Estos generalmente son económicos (como la posesión de un determinado nivel de rentas u oficio) o relacionados con el nivel de instrucción (leer y escribir) o social (pertenencia a determinado grupo social) o estado civil (casado). El sufragio censitario también puede conllevar en algunos casos el que algunos ciudadanos, si reúnen ciertas condiciones, dispongan de más de un voto. Lo contrario es el sufragio universal que no establece condiciones salvo mayoría de edad y ciudadanía. El sexo masculino fue la única restricción hasta después de la Segunda Guerra Mundial en Europa, si bien en países de amplia tradición democrática, como Suiza, el derecho universal de voto para ambos sexos no se obtuvo hasta el año 1970[cita requerida].
El sufragio censitario es la primera norma que se establece para calificar los electores y elegidos. Las revoluciones norteamericanas, francesas y la independencia de Sudamérica fueron las primeras en establecer dichos mecanismos[cita requerida]. En el caso de Sudamérica el sufragio censitario existió en la mayoría de los países hasta la década de 1910 cuando se estableció como único requisito el leer y escribir con lo cual se duplicó el cuerpo de electores.