Turno de oficio
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- Para otros usos de este término, véase Oficio (desambiguación).
El turno de oficio es el derecho que muchos países establecen para garantizar la asistencia y defensa jurídica de todos los ciudadanos.
La garantía de la defensa jurídica implica que un ciudadano sin recursos pueda acceder gratuitamente a un servicio del estado por el cual se le asigna un abogado y, en su caso, un procurador sin que tenga que pagar por ello.
En este caso, a los abogados y procuradores que el Estado asigna de esta forma se les denomina abogados o procuradores de oficio.
[editar] Requisitos
[editar] Requisitos del solicitante
Los requisitos que se establecen habitualmente para poder acceder a la asistencia jurídica del estado suelen ser requisitos económicos. Normalmente se establece que los ingresos anuales y/o los bienes totales del sujeto no superen unas cuantías establecidas.
En ocasiones, sobre todo para cierto tipo de juicios, como de índole penal, no existen requisitos, y cualquiera puede solicitar la asistencia jurídica de un abogado de oficio.
[editar] Requisitos del letrado
La adscripción al turno de oficio suele necesitar de unos requisitos técnicos previos. El mínimo, y más común, es que la persona sea un titulado superior licenciado en derecho o similar.
Sin embargo, ante el hecho de que en muchas ocasiones los abogados del turno de oficio están técnicamente poco preparados, en algunos países se establecen requisitos técnicos añadidos, como pueden ser examenes, oposiciones, experiencia previa, etc.
También existen casos en los que la adscripción es obligatoria, sobre todo en el caso de los procuradores.