Consejo Nacional Electoral (Venezuela)
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El Consejo Nacional Electoral (CNE) es uno de los 5 poderes independientes de la República Bolivariana de Venezuela el cual es responsable y garante de la transparencia de los procesos electorales y refrendarios que se llevan a cabo en dicha nación.
Es la representación visible del Poder Electoral. Desde el año 1997, con la entrada en vigencia de la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política, deja de llamarse Consejo Supremo Electoral, para llamarse con el nombre que conocemos actualmente, solo que con rango Instituto (organismo del estado sín personalidad jurídica propia) y no se constituía como poder público, hasta la aprobación por referendum de la Constitución de 1999, es entonces cuando la nueva constitución le otorga el rango de máximo órgano del Poder Electoral.
Según la Ley Orgánica del Poder Electoral: "Es de su competencia normar, dirigir y supervisar las actividades de sus órganos subordinados, así como garantizar el cumplimiento de los principios constitucionales atribuidos al Poder Electoral"
Desde el 2006 es presidido por Tibisay Lucena.
[editar] Proceso de elección de los Rectores
Según establece la Constitución Nacional ningún candidato a integrante del CNE puede tener vinculación alguna con agrupaciones políticas, estos son seleccionados por un Comité de Postulaciones Electorales dirigidos por 11 diputados de la Asamblea Nacional de Venezuela y otros 10 miembros de otros sectores. Ellos se encargarán de seleccionar a los postulados a Rectores del CNE de la siguiente forma:
- 3 postulados por la sociedad civil con 6 suplentes,
- un postulado por los Consejos de las Facultades de Ciencias Jurídicas de las universidades públicas nacionales con dos suplentes y
- un postulado por el Poder Ciudadano con dos suplentes.
Estos 5 Rectores principales y 10 suplentes son designados por el voto afirmativo de las dos terceras partes (2/3) de los diputados de la Asamblea Nacional para un período de 7 años. Los miembros del CNE se denominan Rectores terminología que no está en la Constitución pero si en la Ley Orgánica del Poder Electoral de noviembre de 2002.
[editar] Estructura
El CNE dirige tres organismos subordinados a éste, la Junta Electoral Nacional, la Comisión de Registro Civil y Electoral y la Comisión de Participación Política y Fianciamiento, éstos organismos sólo pueden ser presididos por los Rectores electos que fueron postulados por la sociedad civil.