Parroquia (civil)
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- Para otros usos de este término, véase Parroquia.
La Parroquia es en Asturias, Galicia y muchas otras regiones del mundo, la división administrativa inferior al municipio; equiparable al distrito.
El Estatuto de Autonomía de Asturias, asume este hecho, aunque en la realidad aún carece de desarrollo jurídico en algunos concejos con el nombre de parroquia rural.
A su vez, las parroquias se dividen en barrios.
En Andorra las parroquias constituyen la unidades administrativas en que está dividido el país.
Otras regiones del mundo donde las parroquias son unidades administrativas:
- Andorra
- Antigua y Barbuda
- Barbados
- Bermudas
- Canadá
- Dominica
- Ecuador
- Gales
- Granada
- Guernsey
- Inglaterra
- Jamaica
- Jersey
- Luisiana, una parroquia es el equivalente al condado del resto del país.
- Montserrat
- Nueva Gales del Sur
- Portugal, llamadas freguesias
- Saint Kitts y Nevis
- San Marino
- San Vicente y las Granadinas
- Venezuela