Unción de los enfermos
De Wikipedia, la enciclopedia libre
La Unción de los enfermos, en la religión católica, es el sacramento impartido por los sacerdotes y consistente en la unción con óleo sagrado a las personas que han visto afectada su salud. La unción puede ser administrada también a todos los mayores de 65 años, aunque no padezcan ninguna enfermedad grave.
Fue instituido por Jesús, según lo narrado en el Nuevo Testamento:
Santiago 5.14-15 "¿Está enfermo alguno entre vosotros? Llame a los presbíteros de la Iglesia, que oren sobre él y le unjan con óleo en el nombre del Señor. Y la oración de la fe salvará al enfermo, y el Señor hará que se levante, y si hubiera cometido pecados, le serán perdonados.
Los fieles pueden recibir este sacramento varias veces en vida. Hasta el Concilio Vaticano II, al sacramento se lo conocía con el nombre de extremaunción, puesto que solo se lo administraba in extremis, es decir, ante la inminencia de la muerte. El cambio de sentido impuesto al sacramento por el Concilio, responde a la necesidad de poder asistir o pedir por la salud de los enfermos para que el Espíritu Santo los acompañe y reconforte.
El rito, para el cual se utiliza óleo bendecido cada año en la misa crismal, consiste en hacer tres veces la señal de la cruz en la frente y en cada una de las manos del enfermo. Mientras se lo unge, el sacerdote repite la siguiente fórmula:
Por esta santa unción y por su bondadosa misericordia, te ayude el Señor con la gracia del Espíritu Santo. Para que, libre de tus pecados, te conceda la salvación y te conforte en tu enfermedad.
[editar] Enfermos y curación en el Nuevo Testamento
Los encuentros con los enfermos desempeñan un papel importante en la vida de Jesucristo. Las curaciones constituyen el capítulo más extenso de “las obras de poder” de Jesús; son más que una prueba apologética de la misión divina de Jesús: revelan a Dios como aquel que se interesa por el hombre en su indigencia y en su necesidad de salvación; la curación corporal es signo y anuncio de la salvación integral del hombre. Jesús une expresamente el perdón de los pecados con la curación corporal (Mt 9, 2 8; Mc 2, 3 12; Lc 5, 17 26). Para Jesús, el mal del hombre consiste radicalmente en el pecado, en el apartamiento de Dios y en la pérdida de la comunión con él; y la salvación que trae y predica estriba primariamente en el perdón otorgado por la misericordia divina y en el restablecimiento de la comunión con Dios. No obstante, la salvación de Cristo alcanza a todo el hombre: corpóreo y espiritual. Jesús no consuela a los enfermos con un más allá mejor, sino que ofrece aquí y ahora signos visibles de salvación futura. Pero son sobre todo signos que aluden a la plenitud escatológica corpóreo espiritual del hombre. La salud que les devolvía era algo provisional que no eximía de la mortalidad. (Hch 2,38-39) Forma parte del mensaje de Jesús a los enfermos y a los que sufren que él no promete a los que le siguen una vida sin sufrimientos en este mundo; al contrario: "Quien no coge su cruz y me sigue, no es digno de mí" (Mt 10, 38; Lc 14, 27). El creyente puede experimentar la lejanía y el abandono de Dios en la enfermedad y en el trance de la muerte. Pero el discípulo tiene la esperanza confiada de que hasta lo aparentemente absurdo puede tener en Dios un sentido último; cuenta con el ejemplo del Maestro: su pasión y su victoria sobre la muerte. Todo ello no excluye el recurso a medios naturales que ofrecía la medicina, como también el hecho mismo de recurrir a los médicos. (Mc 2, 7; par.; Col 4, 14). En la misión de sus discípulos unió la potestad de curar enfermos con el encargo de predicar el evangelio. (Mt 10, 1.7 s.; Lc 9, 2; Mc 2, 14; 16, 17). Jesús enumera la "visita de enfermos" entre las obras de amor al prójimo que deciden el destino eterno del hombre, y llega hasta el extremo de identificarse con el enfermo. Y los milagros operados en la predicación apostólica tienen el mismo significado que los de Jesús, pues en su nombre curan: llevan consigo la salud de todo el hombre, y evidencian que el Reino de Dios se ha hecho presente (Mc 16, 17-¬20; Hch 3, 6 ss.; 4, 10.30; 5, 15 s.; 8, 7; 9, 12.17.34; 14, 10; 19, 12; 28, 8 s.). Para curar Jesús se sirve sobre todo de la palabra, pero a ésta acompaña en muchas ocasiones gestos, especialmente la imposición de manos con la cual manifiesta la presencia del poder y el amor salvífico de Dios (Mc 5, 41; Mt 9, 25). Tal gesto sólo se menciona dos veces (Hch 9, 12.17; 28, 8) en las numerosas curaciones que se narran de los apóstoles y discípulos. No obstante, tanto la tradición veterotestamentaria como el ejemplo de Jesús permiten comprender sin dificultad que la Iglesia primitiva empleara desde sus comienzos la imposición de manos como gesto simbólico, y que el nuevo ritual la haya incorporado. El evangelio no dice que Jesús ungiera con aceite al curar los enfermos; sólo lo menciona respecto a los discípulos: "Ellos se fueron a predicar y exhortaban a la conversión. Echaban muchos demonios, ungían con aceite a muchos enfermos y los curaban". (Mc 6, 13) La unción con aceite no puede tener aquí más que un significado simbólico: es manifestación plástica de la curación otorgada por Dios. Aunque el relato no afirma que Jesús encargara a los Doce ungir con aceite, tal unción se ajusta, sin duda, a sus designios, de forma que podemos equipararla a las acciones simbólicas del mismo Jesús. En cuanto a los efectos de la acción eclesial sobre los enfermos, queda claro que la comunidad de la era apostólica no contaba con que en todos los casos de enfermedad debía producirse una curación milagrosa. Los milagros de curación se narran como algo extraordinario. Pablo enumera "los dones para curar" entre los múltiples carismas (1Co 12, 9.28.30). Sin embargo, ni el mismo Pablo fue liberado de un mal que dificultaba su tarea apostólica, pese a haber pedido insistentemente la curación (2Co 12, 7 ss.). El caso de Pablo muestra dos cosas: en la Iglesia primitiva no se consideraba extraño que también los fieles enfermasen y continuaran enfermos; y que en la enfermedad se recurría ante todo a la oración (Flp 2, 25 ss. 1Tm 5, 23; 2Tm 4, 20). En este contexto ha de contemplarse la oración (unida a la unción con aceite) de los responsables de la comunidad por el enfermo mencionada en St 5, 13 16. «¿Está atribulado alguno entre vosotros? Ore. ¿Esta de buen animo? Canté. ¿Esta enfermo alguno entre vosotros? Mande llamar a los presbíteros de la Iglesia, y ellos oren sobre él, ungiéndolo con óleo en el nombre del Señor. Y la oración de la fe salvará al doliente y el Señor le reanimará el Señor; y, si hubiere cometido pecados, le serán perdonados. Confesad pues, los pecados, los unos a los otros, y orad unos por otros para que alcancéis la salud. Mucha fuerza tiene la plegaria del justo hecha con fervor» Este escrito doctrinal y parenético que procede de finales del s. I y se presenta como obra avalada por la indudable autoridad de Santiago, el hermano del Señor, engloba las exhortaciones relativas a la enfermedad en el tema general de la oración. El texto emplea dos verbos distintos para designar la enfermedad, y ambos están tomados de los efectos de la enfermedad, no de su naturaleza. El primero es “asceneo”, que propiamente significa "estar débil”, es el término más usado en el NT para designar la enfermedad física; en cambio, “kamno” sólo aparece tres veces y significa "estar cansado". Ambos verbos y el contexto indican que se trata de una enfermedad seria, que obliga al enfermo a guardar cama: no puede ir en busca de los presbíteros, sino que tiene que mandar a llamarlos; sin embargo, no hay indicio alguno de que se trate de un enfermo en peligro de muerte o de un moribundo. Los “presbiteroi” podrían designar de suyo hombres que, en razón de la edad o de la pertenencia a la comunidad son más viejos que los restantes miembros de la Iglesia local. Pero, si se atiende al contexto, no puede dudarse de que “presbiteroi” equivale a responsables de la comunidad. El texto no permite determinar más su puesto concreto, no la naturaleza de su ministerio. La orientación judeo cristiana de la carta induce a pensar que se trata de presbíteros como los que, en analogía con las comunidades judías, aparecen junto a los apóstoles en la Iglesia de Jerusalén y dirigen luego de manera autónoma las comunidades cristianas de manera colegial. Lo importante en este contexto es que, para la plegaria, salutífera y la unción del enfermo, se ha de llamar a los representantes oficiales de la comunidad. La oración sobre el enfermo “proseudsaszosan ep´auton” es el principal cometido de los presbíteros avisados. El término empleado es el verbo “proséujomai”, el más común del NT para designar la plegaria dirigida a Dios. La oración de la fe (je euje tes pisteos) es una plegaria que se basa en la fe y brota de ella. No estamos ante una prescripción de recitar una fórmula deprecativa, sino ante una exhortación a orar constantemente por el enfermo. Semejante oración tiene carácter oficial porque la hacen los representantes oficiales de la comunidad. El autor no ha creído necesario aludir al contenido de la oración, porque es obvio. Se debe pedir, sin duda, la concesión de los dones que según el v. 15 se obtienen mediante la oración: la curación y recuperación del enfermo y, eventualmente, el perdón de los pecados. La unción con aceite (aleipsantes elaio). El término elaion puede designar en principio aceites de distintas clases; pero por el área cultural, dicho término se refiere mayoritariamente al aceite de oliva. Se trata de una acción simbólico religiosa. La fórmula "en el nombre del Señor (en to onomati tu Kiriu) significa aquí: "mediante la fuerza del nombre de Jesús, que se invoca”. Con esta interpretación concuerda también el aserto del v. 15b "y le reanimará el Señor (kai ejedei auton o Kirios)"; esta expresión no sirve, pues, para probar que Jesús ordenó personalmente la unción de enfermos o que instituyó el sacramento de la unción. Salvación y fortalecimiento del enfermo: "salvará al doliente (sosei ton kannomta) y le reanimará el Señor (cai ejerei auton o Kirios)". Se trata de los efectos de la acción de los presbíteros. Se usa dos términos de las Escrituras. El primero es sosei = salvar, aparece frecuentemente en el AT con Dios como sujeto: Dios salva al hombre de la muerte física y de caer en el sheo1, y le da de nuevo la vida. Tal salvación incluye siempre la comunión con Dios, incluso en la prueba de la enfermedad; puede llevar consigo la recuperación de la salud, pero también el paso al reino eterno a través de la muerte. El segundo verbo es “ejeirei”, que entre sus múltiples significados, sobresale el de "levantar"; pero cabe excluir con toda certeza la acepción más frecuente del mismo en el NT: "resucitar", ya que Santiago habla de enfermos, no de muertos. Debemos respetar el significado impreciso, abierto y global de este verbo, y entender por "levantar" una ayuda del Señor al enfermo en su unidad y totalidad humanas, la ayuda que necesita en su circunstancia para su salvación y para la actitud cristiana que toda la Carta de Santiago describe desde distintos puntos de vista. El perdón de los pecados. Éste aparece como un efecto eventual. No se presupone sin más que el enfermo tenga pecados que todavía no se le han perdonado. La unción y la plegaria no quedan reservadas, pues, para los pecadores. En cuanto a la calidad de los pecado, “amartiai”, se aplica en la Carta al pecado "que engendra la muerte" (1, 15; 5, 20). Según el v. 16b, el autor supone como algo obvio que el penitente, si es consciente de tener pecados graves, los confiesa para que se le perdonen.
[editar] De los Padres a Trento
Es llamativa la escasez de testimonios sobre la administración del sacramento de los enfermos durante los siete primeros siglos. La Traditio apostolica de Hípólito de Roma a comienzos del s. III es el primer documento que menciona el óleo de enfermos. Se trata de una oración que hace el obispo en la eucaristía para bendecir el óleo, a fin de capacitarlo para que restablezca y sane a quien lo tome o se unja con él. Semejantemente se expresa en el Bajo Egipto el Euchologium de Serapión de Thmuís (+ d.326). La fórmula romana de la bendición del óleo ("Emitte... Spiritum sanctum") se redactó a comienzos del s. V o tal vez antes. Con pequeñas variantes la transmiten los sacramentarios Gelasianum y Gregorianum. Con ligeras modificaciones aparece en el Pontifical tridentino, usándose por tanto hasta el Vaticano II. En esta antigua plegaría se pide que el Espíritu Santo descienda sobre el óleo a fin de que éste reciba una nueva virtud curativa y se convierta en remedio saludable para el cuerpo, alma y espíritu de quienes se unjan con él o lo tomen, y expulse de sus corazones y de sus cuerpos todos los dolores, debilidades y enfermedades. Esta oración pone especial énfasis en los efectos corporales ("sanitas et confortatio") y, en la versión del Gregorianum, no menciona ningún otro. La Carta de Inocencio I a Gubbio, obispo en la Umbría, del año 416, es el primer texto sobre la unción de los enfermos que cita expresamente el pasaje de Santiago. Los términos que usa para referirse a los enfermos (aegrogantes y languidi) son genéricos, e indudablemente no aluden a un sacramento reservado para el trance de muerte. Se excluye de su recepción a los penitentes. La administración del sacramento corresponde ante todo a los presbíteros; pero el papa subraya que, como es natural, también los obispos tienen la potestad de ungir. En cambio, la bendición del óleo está reservada al obispo. En cuanto a los efectos del sacramento, el papa se limita a citar la Carta de Santiago. Carta de Inocencio I fue conocida en todo el Occidente y aceptada como documento normativo; posteriormente la recogieron la mayoría de colecciones de cánones, y en el año 868 la reprodujo literalmente el Concilio de Worms. También es esporádica y tardía, la mención del sacramento entre los Padres. San Cesareo de Arles (+ 542) es el primero en aludir a la unción. Lo hace en sus sermones, donde exhorta a los enfermos a que pidan a los presbíteros, y no a los magos y adivinos el óleo bendecido para ungirse. Cesáreo habla también de enfermos que pueden ir a la Iglesia; se trata, por tanto, de enfermedades leves; jamás menciona el peligro de muerte. Textos análogos aparecen en Eligio de Noyon (+ 660) y en Jonás de Orleans (843). San Beda el Venerable (+ 735) relaciona Mc 6, 13 con el pasaje de la Carta de Santiago y llega a la conclusión de que los apóstoles impusieron el precepto de ungir a los posesos y a todos los demás enfermos con óleo bendecido por el obispo. Supone que la enfermedad del cuerpo puede ir unida a un mal del alma. Pueden aplicar el aceite no sólo los presbíteros, sino los demás cristianos, que pueden ungírse a sí mismos o ungir a sus allegados. El perdón de los pecados graves no se logra mediante la unción y la oración, sino con el arrepentimiento y la confesión a los sacerdotes, que son complemento de la unción. A partir del s. VIII, con la Reforma carolingia, la unción de los enfermos experimenta un cambio profundo en diversos aspectos. A partir de ahora ya son muchos los testimonios litúrgicos, pues se imponen los ordines, que detallan la forma con que realizar el rito. Hay una mayor acentuación de la importancia que tiene el ministerio en la administración de los sacramentos. La bendición del óleo queda ahora estrictamente reservada al obispo. La unción se solemniza notablemente en el s. IX; en ciertas regiones participan siete sacerdotes (costumbre conservada en el rito bizantino); en algunas partes se repetía durante siete días; se multiplican ritos secundarios y se añaden más oraciones. Se enumeran las partes del cuerpo que deben ser ungidas, imponiéndose los rituales que prescriben siete unciones: ojos, oídos, nariz, labios, riñones (pecho), manos y pies. Estos rituales aparecen en Francia y Alemania, y se consolidan en Roma durante los ss. XII y XIII. El cambio más profundo con respecto a la época precedente se debe a que la reforma carolingia vincula la unción de enfermos a los moribundos, poniéndola en estrecha relación con el viático y, sobre todo, con la penitencia de los enfermos de muerte. Esta vinculación modificó la forma de concebir el significado y los efectos de dicha unción. En adelante ya no fue sujeto el enfermo como tal, sino sólo el enfermo en peligro de muerte.
[editar] La Alta escolástica y la Edad Media tardía
Los teólogos escolásticos no pensaron en modificar lo más mínimo la práctica y concepción vigentes respecto a la extremaunción. Su interés se centró en analizar y fundamentar teológicamente la acción eclesial. Una vez que la teología escolástica elaboró un concepto de sacramento que permitía delimitar con suma claridad las acciones sacramentales básicas, se aplicaron también a la unción las categorías aristotélicas: materia, forma, res y efectus, causalídad... Pedro Lombardo (+ 1160), el Maestro de las Sentencias, considera la unción de enfermos como sacramento de moribundos. Afirma que debe administrarse al final de la vida y la llama expresamente "extrema unctio". Le atribuye un doble efecto: perdona los pecados y alivia la debilidad corporal del enfermo. El efecto espiritual se produce siempre, mientras que el corporal sólo se da cuando es conveniente para la salvación del enfermo. San Buenaventura (+ l274) se expresa de manera similar: lo presenta como el sacramento para el trance de la muerte: cuando no hay indicios de que el enfermo se halle en peligro de muerte, no debe administrarse la unción. Santo Tomás de Aquino (+ 1274) escribió dos tratados completos sobre la unción de enfermos: uno en su Comentario a las Sentencias, y el otro en la Summa contra gentiles. También la llama "ultima unctio". No obstante considera la posibilidad de que el enfermo se cure, y afirma que puede repetirse la "extremaunción", si cae en la misma situación. Santo Tomás concibe la extremaunción como sacramento de curación ("medicina, curatio, sanatio"), pero piensa primariamente en la curación espiritual, efecto principal, al que se subordina la corporal. Dicha unción completa la curación iniciada por medio de la penitencia y libera al hombre del reato temporal. Borra los pecados olvidados por el enfermo. Juan Duns Escoto (+ l308) restringe todavía más el círculo de los que pueden recibir la extremaunción: el que se encuentra en un estado incapaz de cometer un solo pecado venial, los enfermos que están en la agonía. Como es obvio resulta imposible mencionar entre los efectos la curación corporal. Los documentos del magisterio reflejan la praxis de la época y la opinión de los teólogos. El primer Concilio de Lyon (an. 1245) le da el nombre de "unctio extrema". El Concilio de Florencia recoge el Decreto para los Armeníos: "El quinto sacramento es la extremaunción (extrema unctio), cuya materia es el aceite de oliva bendecido por el obispo. Este sacramento no debe darse más que al enfermo, de cuya muerte se teme (de cuius morte timetur), y ha de ser ungido en estos lugares: en los ojos, a causa de la vista; en las narices, por el olfato; en la boca, por el gusto o la locución; en las manos, por el tacto; en los pies, por el paso; en los riñones, por la delectación que allí reside. La forma de este sacramento es ésta: «Por esta santa unción y por su piadosísima misericordia, el Señor te perdone cuanto has cometido por la vista», y de modo semejante con los otros miembros. El ministro de este sacramento es el sacerdote. El efecto es la salud del alma y, en cuanto convenga, también la del mismo cuerpo. De este sacramento dice el bienaventurado Santiago apóstol: «¿Está enfermo alguno entre vosotros? Llame a los presbíteros de la Iglesia, para que oren sobre él, ungiéndole con óleo en el nombre del Señor; y la oración de fe salvará al enfermo, y el Señor le aliviará y, si tuviese pecados, se le perdonarán» (St 5, 14 s.)". Dz 1324 s.
[editar] El nombre del sacramento de acuerdo al Concilio Vaticano II
Este Sacramento se conocía antes como "Extrema Unción", pues sólo se administraba articulo mortis(a punto de morir). Actualmente el sacramento se denomina canónicamente "Unción de los Enfermos" y se puede administrar más de una vez, siempre que sea en caso de enfermedad grave.
[editar] Efectos del Sacramento de la Unción
• Un don particular del Espíritu Santo. La primera gracia es de consuelo, paz y ánimo para vencer las dificultades propias de la enfermedad o la fragilidad de l vejez. Es un don del Espíritu Santo que renueva la confianza y la fe en Dios y fortalece contra las tentaciones del maligno, como el desaliento y la desesperación.
• El perdón de los pecados. Se requiere además el arrepentimiento y confesión de la persona que recibe el sacramento.
• La unión a la Pasión de Cristo. Se recibe la fuerza y el don para unirse con Cristo en su Pasión y alcanzar los frutos redentores del Salvador.
• Una gracia eclesial. Los enfermos que reciben este sacramento, uniéndose libremente a la Pasión y Muerte de Jesús, contribuyen al bien del Pueblo de Dios y a su santificación.
• Una preparación para el paso a la vida eterna. Este sacramento acaba por conformarnos con la muerte y resurrección de Cristo como el bautismo había comenzado a hacerlo. La Unción del Bautismo sella en nosotros la vida nueva, la de la Confirmación nos fortalece para el combate de la vida. Esta última unción, ofrece un escudo para defenderse de los últimos combates y entrar en la Casa del Padre. Se ofrece a los que están próximos a morir, junto con la Eucaristía como un "viático" para el último viaje del hombre.
[editar] Destinatarios y ministros de la Unción
Solamente los sacerdotes o los Obispos pueden ser el ministro de este sacramento. Esto queda claro en el texto de Santiago y los Concilios de Florencia y de Trento lo definieron de tal manera, interpretando dicho texto. Únicamente ellos lo pueden aplicar, utilizando el óleo bendecido por el Obispo, o en caso de necesidad por el mismo presbítero en el momento de administrarlo.
Es deber de los presbíteros instruir a los fieles sobre las ventajas de recibir el sacramento y que los ayuden a prepararse para recibirlo con las debidas disposiciones.
El sujeto de la Unción de los Enfermos es cualquier fiel que habiendo llegado al uso de razón, comienza a estar en peligro por enfermedad o vejez. (Cfr. Catec. 1514).
Para poderlo recibir tienen que existir unas condiciones. El sujeto – como en todos los sacramentos - debe de estar bautizado, tener uso de razón, pues hasta entonces es capaz de cometer pecados personales, razón por la cual no se le administra a niños menores de siete años.
Además, debe de tener la intención de recibirlo y manifestarla. Cuando enfermo ya no posee la facultad para expresarlo, pero mientras estuvo en pleno uso de razón, lo manifestó aunque fuera de manera implícita, si se puede administrar. Es decir, aquél que antes de perder sus facultades llevó una vida de práctica cristiana, se presupone que lo desea, pues no hay nada que indique lo contrario. Sin embargo, no se debe administrar en el caso de quien vive en un estado de pecado grave habitual, o a quienes lo han rechazado explícitamente antes de perder la conciencia. En caso de duda se administra “bajo condición”, su eficacia estará sujeta a las disposiciones del sujeto.
Para administrarlo no hace falta que el peligro de muerte sea grave y seguro, lo que si es necesario es que se deba a una enfermedad o vejez. En ocasiones es conveniente que se reciba antes de una operación que implique un gran riesgo para la vida de una persona.
En el supuesto de que haya duda sobre si el enfermo vive o no, se administra el sacramento “bajo condición”, anteponiendo las palabras “Si vives ……”
[editar] Declaración de la Santa Sede respecto a la Unción de los Enfermos
A continuación se presenta la Declaración emitida por la Santa Sede y firmada por el Entonces Prefecto de la Congregación para la Doctrina de la Fe, Cardenal Joseph Ratzinger, de acuerdo a quienes pueden administrar el Sacramento de la Unción de los Enfermos.
El Código de Derecho Canónico en el canon 1003 § 1 (cfr. también can. 739 § 1 del Código de los Cánones de las Iglesias Orientales) recoge exactamente la doctrina expresada por el Concilio Tridentino (Sesión XIV, can. 4: DS 1719; cfr. también el Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1516), según la cual sólo los sacerdotes (Obispos y presbíteros) son ministros del Sacramento de la Unión de los Enfermos.
Esta doctrina es definitive tenenda. Ni diáconos ni laicos por ello pueden ejercer dicho ministerio y cualquier acción en este sentido constituye simulación del sacramento.
Roma, desde la Sede de la Congregación para la Doctrina de la Fe, 11 de febrero de 2005, en la memoria de la Virgen de Lourdes,
+ JOSEPH Card. RATZINGER Prefecto
+ ANGELO AMATO, S.D.B. Arzobispo titular de Sila Secretario
* * *
A los eminentísimos y excelentísimos Presidentes de las Conferencias Episcopales:
En estos últimos años han llegado a la Congregación para la Doctrina de la Fe varias preguntas acerca del ministro del Sacramento de la Unción de los Enfermos.
A respecto este Dicasterio considera oportuno enviar a todos los pastores de la Iglesia católica la adjunta Nota sobre el ministro del Sacramento de la Unción de los Enfermos (cfr. Anexo 1).
Por su utilidad se transmite también un apunte sintético sobre la historia de la doctrina al respecto, preparado por un experto en la materia (cfr. Anexo 2).
Al comunicarle cuanto antecede, aprovecho la ocasión para ofrecerle distinguidos respetos y confirmarme devotísimo,
+ JOSEPH Card. RATZINGER Prefecto
[editar] Bibliografía
JOHANNES FEINER, Mysteriun salutis, V, 468 520.
MIGUEL Nicolau, La unción de los enfermos, BAC, 1975.
AA.VV, Cuadernos Phase 3.
ROSARIO MESSINA, La unción de los enfermos, San Pablo, 2002.
DIONISIO BOROBIO, Unción de enfermos, en La celebración en la Iglesia II, 653 743.