Administración local (España)
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La Constitución española de 1978 en su título VIII estableció un estado organizado territorialmente en Comunidades Autónomas, provincias y municipios. Cada una de estas entidades goza de autonomía para la gestión de sus respectivos intereses, siendo la Administración Local aquella parte de la Administración Pública que gestiona las entidades territoriales pertenecientes a las comunidades autónomas.
Los distintos entes que integran la Administración Local son:
- De existencia obligatoria:
- De existencia opcional:
- La Comarca, agrupación de varios municipios.
- El Área metropolitana, agrupación de núcleos urbanos de varios municipios.
- Las Mancomunidades, asociación de municipios para fines concretos.
- Otras entidades, como caseríos, parroquias, aldeas, barrios, anteiglesias, concejos, pedanías, y lugares anejos.
La Administración Local está regulada por la ley Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.